Primero: Modifícase la estructura orgánica del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, aprobada por la resolución exenta Nº 1.092, de 16 de junio de 2015, en los términos que se indican a continuación:
1.  Agrégase en el Capítulo II, artículo 6º, el siguiente numeral V:

    "V. Unidad de Seguimiento de Proyectos, cuyo objeto es asesorar a la autoridad del Consejo acerca del estado de cumplimiento de proyectos, convenios y transferencias correspondientes a los Programas 01 y 02 del presupuesto del Servicio, con las siguientes funciones específicas:
    a) Proponer acciones que permitan el seguimiento eficaz de los convenios en ejecución o programas, de acuerdo a la normativa vigente y las políticas definidas para cada línea de financiamiento.
    b) Verificar la ejecución de los proyectos para evaluar sus avances según convenio respectivo.
    c) Diseñar y proponer a la autoridad procedimientos y metodologías para realizar el seguimiento eficaz de la ejecución de los proyectos.
    d) Las demás que, dentro de su competencia, le instruyan las autoridades del Consejo."
2.  Reemplázase en el Capítulo II el artículo 7° por el siguiente:

    "Artículo 7º: Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes, cuya misión es apoyar la creación, producción, promoción y distribución de bienes y servicios creativos, a través del desarrollo y ejecución de los fondos de fomento administrados por el Consejo; implementar programas, realizar acciones y actividades tendientes al fomento de las artes y las economías creativas; y ser el interlocutor en materias estratégicas, de diseño y evaluación de impacto de programas, en coordinación con los demás Departamentos del Consejo, destinados a dichas funciones y también con otras entidades del sector público y privado, nacional e internacional.

    El Departamento de Fomento de la Cultura y las Artes se compondrá de las siguientes secciones y unidades:
1.  Secretaría Ejecutiva del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes, cuyas funciones son las siguientes:
    a) Asistir al Ministro(a) Presidente(a) en la coordinación, apoyo y gestión administrativa de concursos, premios y programas, y en general, de todos los ámbitos ligados a la administración del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes.
    b) Dar apoyo técnico y administrativo a dicha autoridad, al Directorio, a los jurados e integrantes de la Comisión de Becas y a los Comités de Especialistas, para el desarrollo de sus procesos.
    c) Proponer el diseño de instrumentos destinados al fomento de las artes para ser desarrollados por el Departamento, implementar su desarrollo y efectuar el seguimiento de su ejecución, evaluar su implementación y proponer los diseños necesarios para su mejoramiento.
    d) Asistir a la coordinación, apoyo y gestión administrativa de los concursos, postulaciones, actividades y, en general, en todos los ámbitos ligados a la administración del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes, dando apoyo técnico y administrativo a las distintas instancias de evaluación de proyectos y postulaciones a este Fondo, conforme éste lo requiera, para el desarrollo de sus procesos, entendiendo este apoyo administrativo como funciones que coadyuvan a las que en esta materia se asignan en forma principal al Departamento de Administración y Finanzas del Servicio.
    e) Apoyar la creación de iniciativas artísticas y culturales coherentes con la política cultural vigente establecida por el Consejo.
    f) Coordinar las actividades del Departamento referidas a las diversas disciplinas artísticas, tanto respecto de sus objetivos como de sus secciones directas a nivel nacional, su focalización regional y la determinación de sus contenidos de manera consistente con la política cultural vigente.
    g) Establecer vínculos de coordinación con los distintos programas del Consejo y las entidades públicas y privadas cuyas actividades se relacionen con los objetivos del Consejo concernientes al Departamento, en orden a articular territorialmente el desarrollo de las iniciativas referidas a las distintas disciplinas artísticas.
2.  Secretaría Ejecutiva del Libro y la Lectura, que tiene las siguientes funciones:
    a) Asistir al Ministro(a) Presidente(a) en todos los ámbitos ligados a la administración del Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, dando apoyo técnico y administrativo al Consejo respectivo y a sus asesores en lo relativo a tales materias.
    b) Proponer el diseño de instrumentos destinados al fomento de las Industrias Creativas, para ser desarrollados por el Departamento, implementar su desarrollo, efectuar el seguimiento de su ejecución, evaluar su implementación y proponer los rediseños necesarios para su mejoramiento.
    c) Asistir en la coordinación, apoyo y gestión administrativa, tanto de los concursos, postulaciones, actividades y en general de todos los ámbitos ligados a la administración del Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura, dando apoyo técnico y administrativo a las distintas instancias de evaluación de proyectos y postulaciones a estos fondos conforme éstos lo requieran para el desarrollo de sus procesos, entendiendo este apoyo administrativo como funciones que coadyuvan a las funciones que en esta materia se asignan en forma principal al Departamento de Administración y Finanzas del Servicio.
    d) Apoyar la creación de iniciativas creativas coherentes con la política cultural vigente establecida por el Consejo, en el ámbito del Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura.
    e) Establecer vínculos de coordinación con los distintos programas del Consejo y las entidades públicas y privadas cuyas actividades se relacionen con los objetivos del Consejo concernientes al Departamento, en orden a articular territorialmente el desarrollo de las iniciativas referidas a las diversas industrias creativas, en el ámbito del Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura.
3.  Secretaría Ejecutiva del Fondo para el Fomento de la Música Nacional, cuyas funciones son las siguientes:
    a) Asistir al Ministro(a) Presidente(a) en la coordinación, apoyo y gestión administrativa de los concursos, postulaciones, proyectos, licitaciones y en general, en todos los ámbitos ligados a la administración del Fondo para el Fomento de la Música Nacional y que actuará, además, dando apoyo técnico y administrativo al Consejo respectivo, a sus especialistas y asesores en lo relativo a tales materias.
    b) Proponer el diseño de instrumentos destinados al fomento de las Industrias Creativas, para ser desarrollados por el Departamento, implementar su desarrollo, efectuar el seguimiento de su ejecución, evaluar su implementación y proponer los rediseños necesarios para su mejoramiento, en el ámbito del Fondo para el Fomento para la Música Nacional.
    c) Asistir en la coordinación, apoyo y gestión administrativa, tanto de los concursos, postulaciones, actividades y en general de todos los ámbitos ligados a la administración del Fondo para el Fomento de la Música Nacional, dando apoyo técnico y administrativo a las distintas instancias de evaluación de proyectos y postulaciones a estos fondos conforme éstos lo requieran para el desarrollo de sus procesos, entendiendo este apoyo administrativo como funciones que coadyuvan a las funciones que en esta materia se asignan en forma principal al Departamento de Administración y Finanzas del Servicio, en el ámbito del Fondo para el Fomento para la Música Nacional.
    d) Apoyar la creación de iniciativas creativas coherentes con la política cultural vigente establecidas por el Consejo en el ámbito del Fondo para el Fomento para la Música Nacional.
    e) Establecer vínculos de coordinación con los distintos programas del Consejo y las entidades públicas y privadas cuyas actividades se relacionen con los objetivos del Consejo concernientes al Departamento, en orden a articular territorialmente el desarrollo de las iniciativas referidas a las diversas industrias creativas, en el ámbito del Fondo para el Fomento para la Música Nacional.
    f) Ejecutar el Programa Escuelas de Rock y Música Popular.
4.  Secretaría Ejecutiva del Fondo de Fomento Audiovisual, cuyas funciones son las siguientes:
    a) Asistir al Ministro(a) Presidente(a) en la coordinación, apoyo y gestión administrativa tanto de concursos, postulaciones, proyectos, programas, aportes y en general, de los ámbitos ligados a la administración del Fondo de Fomento Audiovisual, dando apoyo técnico y administrativo al Consejo respectivo, a sus integrantes y asesores en lo relativo a tales materias.
    b) Proponer el diseño de instrumentos destinados al fomento de las Industrias Creativas, para ser desarrollados por el Departamento, implementar su desarrollo, efectuar el seguimiento de su ejecución, evaluar su implementación y proponer los rediseños necesarios para su mejoramiento, en el ámbito del Fondo de Fomento Audiovisual.
    c) Asistir en la coordinación, apoyo y gestión administrativa, tanto de los concursos, postulaciones, actividades y en general de todos los ámbitos ligados a la administración del Fondo de Fomento Audiovisual, dando apoyo técnico y administrativo a las distintas instancias de evaluación de proyectos y postulaciones a estos fondos conforme éstos lo requieran para el desarrollo de sus procesos, entendiendo este apoyo administrativo como funciones que coadyuvan a las funciones que en esta materia se asignan en forma principal al Departamento de Administración y Finanzas del Servicio, en el ámbito del Fondo de Fomento Audiovisual.
    d) Apoyar la creación de iniciativas creativas coherentes con la política cultural vigente establecidas por el Consejo.
    e) Establecer vínculos de coordinación con los distintos programas del Consejo y las entidades públicas y privadas cuyas actividades se relacionen con los objetivos del Consejo concernientes al Departamento, en orden a articular territorialmente el desarrollo de las iniciativas referidas a las diversas industrias creativas, en el ámbito del Fondo de Fomento Audiovisual.
    f) Supervisar el funcionamiento de la Comisión Fílmica, entidad encargada de promover al país como destino de producción audiovisual en mercados internacionales.
5.  Unidad de Áreas Artísticas, cuya función es coordinar la relación del Consejo con asociaciones y representantes de disciplinas artísticas incluidas en el ámbito de acción propio del Fondo Nacional de Desarrollo Cultural y las Artes (Fondart) con el fin de identificar necesidades, diseñar e implementar políticas, programas y acciones propias, junto con articular a los actores del sector con los fondos y programas del Consejo, así como el resto de las reparticiones del Estado pertinentes al desarrollo de cada área.
    Las Áreas Artísticas son:
    Artes Visuales, cuyos objetivos son:
    a) Articular el sector.
    b) Generar asociatividad.
    c) Promover la investigación y producción de arte contemporáneo.
    d) Resguardar el patrimonio cultural vinculado al área.
    Fotografía, cuyos objetivos son:
    a) Fortalecer la creación fotográfica autoral.
    b) Apoyar la asociatividad entre los componentes del sector.
    c) Aumentar la circulación de la obra de nuestros fotógrafos, destacados y emergentes en el ámbito nacional e internacional.
    Nuevos Medios: Los nuevos medios se definen como los nuevos lenguajes visuales y de comunicación con el uso de tecnologías cuya intensión crítica, experimental o de innovación, las redefinen como medios creativos y artísticos.
    Los objetivos del Área de Nuevos Medios son:
    a) Promover las creaciones de vanguardia mediante la puesta en valor de proyectos "arte + ciencia + tecnología y sociedad".
    b) Fomentar la profesionalización del sector: asociatividad, sustentabilidad, innovación, actualización y formación disciplinaria.
    c) Apoyo y difusión de investigaciones con fines educativos y de creación de audiencias.
    d) Generación de redes de cooperación entre la comunidad, los creadores e investigadores, el sector público y privado.
    e) Fortalecimiento del sector mediante puntos de encuentro que promuevan la crítica y la actualización de contenidos.
    f) Sistematización en la documentación y conservación, promoviendo el Coleccionismo Digital como patrimonio nacional y generación de acceso a material educativo.
    Teatro, cuyos objetivos son:
    a) Fomento disciplinar.
    b) Difusión.
    c) Formación Teatral.
    d) Internacionalización.
    e) Asociatividad.
    f) Patrimonio.
    g) Capacitaciones.
    Danza, cuyos objetivos son:
    a) Fortalecer el desarrollo disciplinario.
    b) Profesionalizar la danza.
    c) Visibilizar y posicionar la danza.
    Artes Circenses, cuyos objetivos son:
    a) Desarrollo disciplinario.
    b) Desarrollo de mercado.
    c) Fomento a la gestión y la mediación.
    d) Difusión y puesta en valor.
    e) Generación de conocimiento.
    Artesanía, cuyos objetivos son:
    a) Institucionalidad e infraestructura Sectorial.
    b) Creadores para la Industria y el Patrimonio.
    c) Mercado Nacional e Internacional.
    Diseño, cuyos objetivos son:
    a) Promover el Diseño como herramienta de valor (cultural y económico).
    b) Difundir en el exterior la obra del diseño chileno.
    c) Aumentar y reforzar la participación y asociatividad del sector.
    d) Promover la transferencia de información.
    Arquitectura, cuyos objetivos son:
    a) Promover la arquitectura de excelencia.
    b) Fortalecer el rol de la arquitectura en la sociedad.
    c) Fomentar la internacionalización de la arquitectura chilena.
    Gastronomía, cuyos objetivos son:
    a) Promover la gastronomía como manifestación cultural y patrimonial.
    b) Difusión y puesta en valor de la gastronomía nacional.
    e) Fomentar la internacionalización de la gastronomía chilena como expresión cultural.
6.  Unidad Transversal de Coordinación, cuya función es gestionar y coordinar los programas transversales del departamento, velando por su coherencia con las políticas públicas y lineamientos programáticos del Consejo. Asimismo, asesorará y apoyará a la jefatura del departamento en aquellas materias de gestión que ella le encomiende, y que no correspondan a la Unidad de Gestión Administrativa, para lo cual podrá proponer rediseños, optimizaciones y estandarizaciones.
7.  Unidad de Gestión Administrativa, cuyo objeto es la coordinación y apoyo al Departamento en los procesos y recursos requeridos para la implementación de la política pública cultural, aplicando los procedimientos de trabajo que para tal objeto definan, monitoreen, controlen y evalúen los Departamentos de Planificación y Presupuesto, Administración y Finanzas y de Gestión y Desarrollo de las Personas, para los siguientes ámbitos:
    a) Planificación y Control de Gestión:
        - Se encargará de la coordinación departamental de los distintos instrumentos de planificación y control de gestión institucional, a saber: mecanismos de incentivo remuneracional, PMG y CDC, indicadores de desempeño, contribución en formulación de planes de acción y planes de gestión anuales, además de coordinación del proceso de gestión de riesgos, auditoría interna y gestión de procesos.
    b) Gestión administrativa:
        - Se encargará de gestionar la contratación del personal requerido para el desarrollo de las funciones departamentales.
        - De ejecutar los planes anuales de compras y contrataciones de bienes y servicios necesarios para la implementación de los respectivos programas. De gestionar la suscripción de convenios con terceros, cuando corresponda.
    c) Gestión Presupuestaria:
        - Se encargará de aplicar las herramientas de planificación presupuestaria que el Departamento de Planificación y Presupuesto genere.
        - De gestionar y coordinar los procesos presupuestarios eficientemente en función de los objetivos programáticos.
        - De ejercer control en función de la ejecución presupuestaria asociado al presupuesto programático y operativo asignado."
3.  Reemplázase en el Capítulo II el artículo 11º por el siguiente:
    "Artículo 11º: Departamento de Patrimonio Cultural, cuya misión es promover un desarrollo cultural armónico, pluralista y equitativo entre los habitantes del país, a través de la preservación y difusión del patrimonio cultural, implementando políticas e iniciativas públicas vinculadas al registro e inventario, investigación, preservación y salvaguardia, puesta en valor y uso sustentable del patrimonio cultural, así como la instalación de mecanismos de transmisión y promoción del patrimonio cultural, que estimulen una participación activa de la ciudadanía en el logro de tales fines.
    Las funciones generales y transversales del Departamento de Patrimonio Cultural son:
    a) Asesorar al Ministro(a) Presidente en toda materia referida a Patrimonio Cultural y a los otros departamentos y unidades del Consejo.
    b) Desarrollar y ejecutar los programas del Consejo en materias de Patrimonio Cultural.
    c) Apoyar la regionalización y propiciar condiciones que apunten a la descentralización en la planificación y desarrollo de programas referidos al patrimonio cultural, junto con colaborar con la gestión de las Direcciones Regionales en la materia.
    d) Representar al servicio en materias de patrimonio cultural, junto con colaborar y coordinar acciones conjuntas con la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos (DIBAM), el Consejo de Monumentos Nacionales y otros organismos públicos y privados, para la elaboración y ejecución de políticas públicas en materia de patrimonio cultural, que se ajusten a las normativas nacionales y derivadas de convenciones y recomendaciones internacionales, considerando proponer actualizaciones de las mismas.
    e) Contribuir a la investigación, implementación y transferencia de nuevas metodologías y estrategias en los ámbitos de la rentabilización social, fomento, ciencia y tecnología y otros, aplicables al patrimonio cultural; que permitan un tratamiento integral y sistémico del mismo y una relación entre la política patrimonial con diversas políticas sectoriales.
    f) Generar y difundir información, junto con promover el desarrollo del conocimiento del patrimonio cultural y facilitar orientaciones, para fomentar y ampliar las capacidades de cultores/as, personas y sus organizaciones, en torno a bienes y expresiones del mismo.
    El Departamento de Patrimonio Cultural está integrado por las siguientes Sección y Unidades:
I.  Sección de Gestión Patrimonial: El objetivo de esta sección es la formulación, desarrollo e implementación de estrategias y programas del Departamento de Patrimonio Cultural para contribuir a la conservación, promoción y difusión del patrimonio cultural expresadas a través de su múltiple diversidad de categorías y manifestaciones en su vinculación en el territorio y en cada una de las regiones. Sus funciones son las siguientes:
    a) Coordinar, formular y desarrollar programas que permitan el desarrollo de líneas de actuación orientados a la investigación, documentación, preservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural.
    b) Propiciar la formulación y aplicación de criterios y protocolos de actuación para la salvaguardia y preservación del patrimonio cultural.
    c) Velar por un enfoque interdisciplinario en la toma de decisiones en materias de Patrimonio Cultural.
    d) Planificar, diseñar y resguardar la correcta implementación de las actividades programáticas, para focalizar y generar una adecuada cobertura social, territorial y de contenido respecto de la política cultural vigente, en relación a los Programas del Departamento.
    e) Monitorear y reportar periódicamente respecto a los programas del departamento y apoyar la formulación, reformulación y ampliación de estos.
    f) Asesorar y generar coordinaciones con otros departamentos y unidades del Consejo para generar sinergia en las acciones que se emprendan.
    g) Apoyar la regionalización y propiciar condiciones que apunten a la descentralización en la planificación y desarrollo de programas referidos al patrimonio cultural, junto con colaborar con la gestión de las Direcciones Regionales.
    h) Implementar los instrumentos de seguimiento y reporte de las acciones en el territorio respecto del cumplimiento de los objetivos de las políticas culturales y metas institucionales.
    i) Promover la realización de proyectos de investigación, documentación, salvaguardia, preservación y puesta en valor y difusión, que contribuyan a la gestión del patrimonio cultural, en sus varias manifestaciones e incluyendo aquellas categorías de patrimonio emergentes como: paisajes culturales, itinerarios culturales, patrimonio industrial, patrimonio rural y artístico.
    La Sección de Gestión Patrimonial contará con las siguientes unidades:
    1. Unidad de Patrimonio Inmaterial cuyo objetivo es velar por la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial en el país, atendiendo a que sus funciones específicas son las siguientes:

    a) Generar y promover la identificación, registro, localización, investigación, promoción, puesta en valor, sustentabilidad y transmisión de información, criterios y valores para la salvaguardia de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial.
    b) Implementar la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial e instrumentos derivados.
    c) Identificar, generar e instalar herramientas, procesos, metodología y criterios acordes a la salvaguardia requerida, para lo cual deberá:
    i.  Elaborar expedientes y planes de salvaguarda de patrimonio inmaterial y/o programas afines; y,
    ii. Desarrollar, implementar y gestionar el inventario de manifestaciones del patrimonio inmaterial a través de Sistema de Información para la Gestión Patrimonial (SIGPA), según lineamientos de la convención y atendiendo a criterios de interoperabilidad de información en el Estado.
    d) Contribuir al desarrollo, diseño, ejecución y evaluación de los programas del departamento.
    2. Unidad de Territorio: cuyo objetivo es propiciar una mirada integral del patrimonio, velando por la implementación de acciones con una amplia cobertura territorial y social, focalizando y direccionando de acuerdo a la política cultural vigente. Sus funciones específicas son las siguientes:

    a) Contribuir al desarrollo, diseño, ejecución y evaluación de los programas del Departamento.
    b) Coordinación y orientación a los encargados regionales de patrimonio en la ejecución de actividades programáticas.
    c) Velar por la reportabilidad de las acciones programáticas en el Sistema de Información Patrimonial de manera de contar con información fehaciente y actualizada de la cobertura social y territorial que conlleve la ejecución de los programas.
    d) Suministrar insumos técnicos a la Unidad de Infraestructura y al Departamento Jurídico del Consejo en las convocatorias y los procesos asociados al Fondo del Patrimonio y aquellos relativos al patrimonio cultural.
    e) Contribuir a la investigación, implementación y transferencia de nuevas metodologías y estrategias en los ámbitos de la rentabilización social, fomento, ciencia y tecnología y otros, aplicables al patrimonio cultural, que permitan un tratamiento integral y sistémico del mismo y una relación entre la política patrimonial con diversas políticas sectoriales.
    f) Apoyar la instalación de criterios y herramientas que permitan la interoperabilidad entre desarrollos del ámbito patrimonial en el Estado.
    g) Propiciar la coordinación interinstitucional para la mirada territorial del patrimonio cultural, en la búsqueda de mecanismos colaborativos de gestión.
    h) Apoyar el desarrollo de investigaciones, proyectos y actuaciones en materia de conservación y restauración del patrimonio cultural en diversas categorías.
    3. Unidad de Extensión: cuyo objetivo es apoyar la difusión de los valores del patrimonio cultural a través de instancias de educación patrimonial, participación y promoción. Sus funciones específicas son las siguientes:

    a) Contribuir al desarrollo, diseño, ejecución y evaluación de los programas del Departamento.
    b) Colaborar en la instalación de capacidades técnicas al interior del Departamento y de la institución en materia de Patrimonio Cultural.
    c) Generar y difundir información sobre los valores, atributos y expresiones del Patrimonio Cultural.
    d) Promover el desarrollo del conocimiento del Patrimonio Cultural y facilitar orientaciones, para fortalecer las capacidades de cultores(as), personas y sus organizaciones, en torno a bienes y expresiones del mismo.
    e) Establecer planes de formación sobre Patrimonio Cultural dirigido a actores locales y territoriales, niños y jóvenes, promoviendo y organizando actividades formativas a través de instancias de educación patrimonial.
    f) Propiciar el desarrollo de programas y proyectos de turismo cultural que contribuyan a la sostenibilidad del Patrimonio Cultural.
II.  Unidad de Gestión Administrativa, cuyo objeto es la coordinación y apoyo al Departamento en los procesos y recursos requeridos para la implementación de la política pública cultural, aplicando los procedimientos de trabajo que para tal objeto definan, monitoreen, controlen y evalúen los Departamentos de Planificación y Presupuesto, Administración y Finanzas y de Gestión y Desarrollo de las Personas, para los siguientes ámbitos:

    a) Planificación y Control de Gestión:
        - Se encargará de la coordinación departamental de los distintos instrumentos de planificación y control de gestión institucional, a saber: mecanismos de incentivo remuneracional, PMG y CDC, indicadores de desempeño, contribución en formulación de planes de acción y planes de gestión anuales, además de coordinación del proceso de gestión de riesgos, auditoría interna y gestión de procesos.
    b) Gestión administrativa:
        - Se encargará de gestionar la contratación del personal requerido para el desarrollo de las funciones departamentales.
        - De ejecutar los planes anuales de compras y contrataciones de bienes y servicios necesarios para la implementación de los respectivos programas del Departamento.
        - De gestionar la suscripción de convenios con terceros.
    c) Gestión Presupuestaria:
        - Se encargará de aplicar las herramientas de planificación presupuestaria que el Departamento de Planificación y Presupuesto genere.
        - De gestionar y coordinar los procesos presupuestarios eficientemente en función de los objetivos programáticos.
        - De ejercer control en función de la ejecución presupuestaria asociado al presupuesto programático y operativo asignado."
    4. Reemplázase en el Capítulo II el artículo 16º por el siguiente:
    "Artículo 16º: Departamento de Estudios, cuya misión es sustentar teórica y metodológicamente las políticas culturales, los planes, programas y proyectos del Consejo.
    El Departamento de Estudios tendrá las siguientes secciones:
I.  Sección de Políticas Culturales y Artísticas, cuyas funciones son:
    a) Diseñar, elaborar, ejecutar, o licitar estudios vinculados a las políticas culturales promovidas por el Estado de Chile.
    b) Diseñar y elaborar políticas públicas culturales que tengan alcance local, regional y nacional.
    c) Sistematizar, acompañar y monitorear las políticas culturales del Consejo y las instancias participativas de la ciudadanía.
    d) Crear metodologías que permitan a las diferentes instancias del Consejo, diseñar, elaborar, acompañar y monitorear la ejecución y/o licitación de planes, programas, proyectos y/o encuentros participativos, asociados a las políticas públicas culturales.
    e) Evaluar políticas, planes, programas y proyectos del Consejo.
    f) Realizar la evaluación de los contenidos programáticos, expresados en la política cultural impulsada por el Consejo, en coordinación con los procesos de evaluación ex ante y la evaluación de planes y programas gubernamentales.
II.  Sección de Estadísticas Culturales y Artísticas, cuyas funciones son:
    a) Diseñar, ejecutar y/o licitar operaciones estadísticas y estudios, en colaboración con instituciones públicas, privadas o del tercer sector, cuyas temáticas sean pertinentes a la misión del Consejo.
    b) Analizar los resultados derivados de operaciones estadísticas (propias o de terceros), y de estudios del ámbito cultural, visualizando los contextos, sectoriales, socioeconómicos y territoriales.
    c) Diseñar y aplicar estándares de control de calidad a los procesos de recolección, validación y explotación de la información cultural, promovidas desde el Departamento de Estudios.
    d) Participar de instancias nacionales e internacionales que trabajen las ciencias estadísticas como base para diseñar y elaborar políticas culturales.
    e) Desarrollar y operar el sistema de información cultural de Chile.
    f) Poner a disposición de la ciudadanía, material temático emanado o adquirido por el Consejo."