1. Modifícase el decreto Nº 277 de 8 de marzo del año 2010, del Ministerio de Obras Públicas, en el siguiente sentido:
1. 1 Agrégase en el acápite 3º, del numeral 3º, Curicó, lo siguiente:
. El tramo urbano de la Ruta J-615, desde la Ruta 5 hasta el límite urbano oriente, a través de: Camino a Zapallar.
2. Téngase presente, que las calles o avenidas declaradas caminos públicos en el presente decreto, sólo se considerarán como tales para los efectos de lo dispuesto en la legislación sobre caminos públicos, sin que por ello pierdan sus características de vías urbanas, sujetas a las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza y de los Planes Reguladores, como lo ha declarado la Contraloría General de la República en el Dictamen N° 5207 de 2001, entre otros.