Artículo undécimo.- Concédese, a contar del 1 de enero del año 2016, al personal de planta y contrata, regido por la ley Nº 18.883, de las plantas Jefaturas, Profesionales y Directivos, una asignación especial de Directivo-Jefatura, siempre que no tengan derecho a la asignación del artículo 1° de esta ley. La asignación del presente artículo sólo se concederá al personal antes señalado que se encontraba en funciones en las mencionadas plantas al 1 de enero de 2015.
El monto de la asignación se determinará conforme a las reglas siguientes:
1.- Valores asignación Directivo- Jefatura:
GRADOS $ MES
3 236.626
4 223.234
5 222.511
6 198.669
7 181.279
8 162.586
9 147.133
10 133.151
11 120.500
12 109.049
Los valores antes señalados se reajustarán en los mismos porcentajes y oportunidades que la remuneración del sector público.
2.- Esta asignación se pagará mensualmente, tendrá carácter imponible y tributable y no se considerará base de cálculo para determinar ninguna otra remuneración o beneficio económico.