1º Ejecútase el Acuerdo de Consejo Nº 2.906, de 2016, que modifica el Acuerdo de Consejo Nº 2.892, de 2015, que "Crea el Comité de Minería no Metálica".
2º Modifícase la resolución (A) Nº 19, de 2016, de Corfo, que aprueba el Reglamento por el cual deberá regirse el "Comité de Minería no Metálica", en el sentido de incorporar el siguiente párrafo final en el numeral 8º, del número II, del resuelvo Nº2:
"El Vicepresidente Ejecutivo de Corfo podrá contratar por el Comité o designar a un funcionario de la Corporación, en calidad de Director Ejecutivo interino, para que ejerza y cumpla las funciones señaladas en este numeral, en tanto el Consejo no designe al Director Ejecutivo en conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero de este numeral."