Artículo 1º.- Sustitúyase la planta de personal de la Superintendencia de Educación contenida en el artículo 1º del decreto con fuerza de ley Nº 4, de 2012, del Ministerio de Educación, por la siguiente planta de personal:

    1.- PLANTA DE DIRECTIVOS

    1.1.- Jefe Superior de Servicio, Primer Nivel Jerárquico, Título VI de la ley Nº 19.882.

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    1.2.- Directivos, Segundo Nivel Jerárquico, Título VI de la ley Nº 19.882.

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    1.3.- Directivos afectos al artículo 8º del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo

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NOTA
      El artículo primero, Nº 5, del DFL 18, Hacienda, publicado el 09.07.2018, crea un cargo de Director Regional, grado 6°, en la Planta de personal de Directivos de la Superintendencia de Educación.