Artículo 45.- Agrégase en la letra h) del artículo 105 del decreto con fuerza de ley Nº 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba la ley General de Urbanismo y Construcciones, a continuación de la palabra "sanitarios", la siguiente frase: ", de reciclaje o separación de residuos en origen".