NOTIFICACIONES
Res. Ex. N° 310 de 25/04/16. Exp. N° 1501962. Vistos: Ley N° 18.755; ley N° 18.575, resolución N° 1.600/2008 de la CGR. Considerando: 1.- ADC N° 01-00499, señala que en una fiscalización anterior, se solicitó al infractor tramitar el Inicio de Actividades de Alcoholes, pero que dicho trámite no fue realizado. 2.- El infractor no formula descargos. 3.- El infractor no registra denuncias anteriores. Resuelvo: 1.- Aplíquese a don Juan Segundo Mollo Quiroz, Cédula de Identidad N° 5.055.354-K, nacionalidad chilena, domicilio indeterminado, una multa equivalente a 1 (una) UTM vigentes a la fecha de pago. Dicha multa deberá ser pagada en las oficinas del Servicio. 2.- El infractor contará con el plazo de 10 días hábiles, para solicitar la revisión de la misma ante el Director Nacional del SAG.
Firma: Mario Andrés Cáceres Pino, Director Regional (S) Región de Tarapacá SAG.