Artículo 6°.- Los proyectos, actividades o acciones descritas en el artículo anterior, que postulen a la entrega de fondos, deberán ser presentados por escrito, con la inclusión de los siguientes antecedentes:

    1.- Presentación del proyecto, actividad o acción, sus objetivos y componentes;
    2.- Fundamentación del proyecto;
    3.- Costos asociados;
    4.- Resultados o metas esperadas; y
    5.- Indicadores de seguimiento propuestos.