Artículo 6°.- Los proyectos, actividades o acciones descritas en el artículo anterior, que postulen a la entrega de fondos, deberán ser presentados por escrito, con la inclusión de los siguientes antecedentes:
1.- Presentación del proyecto, actividad o acción, sus objetivos y componentes;
2.- Fundamentación del proyecto;
3.- Costos asociados;
4.- Resultados o metas esperadas; y
5.- Indicadores de seguimiento propuestos.