Corresponderá al Primer Tribunal Electoral de la Región Metropolitana de Santiago conocer de las elecciones que se desarrollen en la comuna de Santiago y en las comunas pertenecientes al 8°, 9° y 14° Distrito Electoral, y al Segundo Tribunal Electoral de la Región Metropolitana de Santiago de aquellas que se desarrollen en las comunas pertenecientes al 10°, con excepción de la comuna de Santiago, 11°, 12° y 13° Distrito Electoral, a los que se refiere el artículo 179 de la Ley N°18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
Publíquese.
Insértese en la página web del Tribunal.