La presente ley tiene por objetivo aumentar la biomasa disponible de recursos algales de importancia ecológica y económica existentes en el territorio nacional mediante el sistema de bonificación para los pescadores artesanales y micro y pequeñas empresas que realicen actividades de recuperación de dicha cobertura en las zonas de intervención.. La bonificación estará destinada a quienes ejecuten proyectos que tengan un impacto positivo en el redoblamiento o cultivo exclusivamente de microalgas marinas nativas. Tiene vigencia esta norma por diez años, hasta 17 de junio del 2026.

    Artículo 5°.- De los procedimientos para acceder a la bonificación. La bonificación se obtendrá habiendo postulado en forma previa a un programa o a un concurso público conforme a los artículos siguientes.
    En ningún caso se financiará más de Ley 21259
Art. 4
D.O. 08.09.2020
cinco veces:
    a) El repoblamiento del mismo sector del área sometida a un plan de manejo.
    b) El repoblamiento y,o cultivo del mismo sector de un área de manejo y explotación de recursos bentónicos.
    c) El cultivo en una concesión de acuicultura.