FIJA TRAZADO A SERVICIOS DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA RURAL AL INTERIOR DE LA ZONA URBANA DE LA CIUDAD DE ILLAPEL

    Núm. 503 exenta.- La Serena, 14 de junio de 2016.

    Visto:

    Lo dispuesto en los artículos 53º y 54º del decreto supremo Nº 212 de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; correo electrónico de fecha 11 de mayo de 2016, de la Jefa del Departamento de Tránsito y Transporte Público de la I. Municipalidad de Illapel; informe de fecha 24 de mayo de 2016 de la Cuarta Comisaría de Carabineros de Illapel; la resolución Nº 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República; y la demás normativa que resulte aplicable.

    Considerando:

    1.- Que, mediante correo electrónico de fecha 11 de mayo de 2016, registrado como ingreso a Oficina de Partes Nº 1418, de la misma fecha, la Jefa del Departamento de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad de Illapel, ha remitido los trazados de los servicios de locomoción colectiva rural que pide sean incluidos en los trazados autorizados al interior de la zona urbana de la comuna de Illapel.
    2.- Que, en virtud del ingreso a Oficina de Partes Nº 1597, de fecha 26 de mayo de 2016, se acompañó informe de Carabineros de Chile, de fecha 24 de mayo de 2016, de la Cuarta Comisaría de Carabineros de Illapel, quienes manifestaron su conformidad con el trazado propuesto,

    Resuelvo:

    1.- Fíjanse al interior de la zona urbana de la comuna de Illapel, los siguientes trazados que deberán utilizar los servicios de locomoción colectiva rural para ingresar y salir del terminal de buses ubicado en calle Salvador Allende S/N, de la comuna de Illapel:

Ingreso Transporte Sector Río Choapa: Ruta 47, Avda. Salvador Allende, Terminal Plaza de Abastos (Parada), (continúa trayecto) Avda. Salvador Allende, Calle Constitución, Calle Uruguay, Avda. Vial Recabarren (parada en Vial con San Martín), Avda. Ignacio Silva -Retorno para estacionar Bus- Independencia, San Martín, Avda. Vial Recabarren, Calle El Mirador (accede a recinto municipal para estacionar buses). Retorno a Sector Rural: Terminal Plaza de Abastos, Avda. Salvador Allende, Ruta 47 continuando sus trayectos a las distintas localidades.

Ingreso Transporte Sector Illapel: Ruta D805, Ruta D81, Calle Rancagua, Calle Álvarez Pérez (parada en A. Pérez con Carrera), Calle San Martín (Parada entre Buin y Constitución), Avda. Vial Recabarren, Ecuador, Avenida Salvador Allende, Terminal Plaza de Abastos (Parada). Retorno a Sector Rural: Terminal Plaza de Abastos, Avenida Salvador Allende, Calle Constitución, Calle Uruguay, Avda. Vial Recabarren, Calle San Juan de Dios, Calle Esmeralda (parada entre Buin y Álvarez Pérez), Calle Álvarez Pérez, Calle Rancagua, Ruta D81, Ruta D805.

Ingreso Transportes Sector Río Illapel 2: Huintil Norte, Ruta D-705, Calle Irarrázabal, Calle Los Ángeles- Calle Independencia (parada en Independencia con Los Ángeles), Calle San Martín, Avda. Vial Recabarren, Ecuador, Avenida Salvador Allende, Plaza de Abastos (Parada Terminal de Buses). Retorno a Sector Rural: Terminal Plaza de Abastos, Avenida Salvador Allende, Calle Constitución, Calle Uruguay, Avda. Vial Recabarren, Calle Esmeralda (parada entre Buin y Álvarez Pérez), Calle Rancagua, Calle Irarrázabal (parada), Ruta D-705, Huintil Norte.

    2.- Los encargados de fiscalizar el cumplimiento de la medida precedentemente señalada serán Carabineros de Chile, Inspectores Municipales e Inspectores Fiscales en conformidad a la Ley de Tránsito:
    3.- La presente Resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.

    Anótese y publíquese.- Óscar Pereira Peralta, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Coquimbo.