Nombramiento de Presidente y Vice-Presidente de la República
El Director Supremo de la República
Por cuanto el Congreso Nacional se ha servido decretar lo siguiente:
"El Congreso nacional ha sancionado y decreta:
1° La persona que administre el Poder Ejecutivo nacional se titulará en adelante Presidente de la República.
2° Habrá un Vice-Presidente que subrogue al Presidente en los casos de muerte, ausencia ó enfermedad grave.
3° Teniendo en consideración las reiteradas instancias del Director Supremo para que desde luego se elija a la persona que haya de sucederle, en atención a las actuales circunstancias del país, se nombra para Presidente de la República hasta la promulgación de la Constitución, al Teniente Jeneral D. Manuel Blanco Encalada, y para Vice-Presidente a D. Agustin de Eizaguirre.
4° Comuníquese al Poder Ejecutivo para su promulgación, cumplimiento y circulación."
Por tanto ordeno se publique por lei, insertándose en el Boletín. Dado en el Palacio Directorial de Santiago a 8 de Julio de 1826.
Freire.
Ventura Blanco Encalada.