La presente ley tiene por objeto establecer una asignación de productividad para el personal de planta y a contrata del Servicio de Registro Civil e Identificación, con excepción del personal que se encuentra afecto al Sistema de Alta Dirección Pública. Se dispone que la asignación de productividad corresponderá a los funcionarios que se encuentren en funciones a la fecha de pago de aquélla y que, además, hubieren desempeñado servicios efectivos y continuos, durante a lo menos, 6 meses de aquel año calendario en que se deban cumplir las respectivas metas. Se excluyen de esta asignación a los funcionarios calificados en lista 3, 4 o de eliminación. El otorgamiento de esta asignación se concederá en función del cumplimiento de las metas establecidas para cada una de las Direcciones Regionales y en el Nivel Central del Servicio, determinándose en relación con el grado de cumplimiento de las metas anuales fijadas de acuerdo al procedimiento fijado en esta ley. A contar del año 2017, los recursos presupuestarios de que trata esta ley sólo podrán concederse hasta por un máximo anual de $1.650.000. El 31 de diciembre de 2018, este monto se convertirá en unidades de fomento al valor que tenga a dicha fecha.

    Artículo 5°.- Un reglamento expedido mediante decreto supremo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, suscrito además por el Ministro de Hacienda, determinará la forma de medir y ponderar los indicadores o instrumentos de similar naturaleza, los mecanismos de control de las metas anuales, la manera de determinar los distintos porcentajes de esta asignación, la forma de determinar la asignación respecto de los funcionarios que cambian de Dirección Regional o del Nivel Central; el calendario de elaboración, fijación y evaluación de las metas anuales; los procedimientos de reclamación; las causas, procedimientos de revisión y redefinición de metas; las normas transitorias para su aplicación y pago durante el año 2018; los mecanismos de consulta e información a los funcionarios y a las asociaciones del Servicio, y toda otra norma necesaria para el adecuado otorgamiento de la asignación que establece esta ley. Además, podrá fijar el calendario y los contenidos mínimos para la elaboración de la programación estratégica del Servicio.