EXTRACTO DE DECRETO DE EDUCACIÓN N° 127, DE 26 DE ABRIL DE 2016
Por decreto de Educación N° 127, de fecha 26 de abril de 2016, y de conformidad con lo dispuesto en el DL N°3.166, de 1980, y su Reglamento, fijado por DS N°5.077, del mismo año, ley N°20.845 y DFL N°2, de Educación, de 1998, se ha aprobado la modificación de convenio celebrada con fecha 27 de enero de 2016 entre el Ministerio de Educación y la Universidad Tecnológica Metropolitana, con el objeto de aprobar e incorporar a los respectivos convenios de administración, un Anexo denominado "Aporte por Gratuidad de la ley N°20.845" que permita que los establecimientos educacionales regidos por el decreto ley N°3.166, de 1980, que administra esa entidad, sean beneficiados con dicho aporte.-
Valentina Karina Quiroga Canahuate, Subsecretaria de Educación.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
Cursa con alcances el decreto N° 127, de 2016, del Ministerio de Educación
N° 49.263.- Santiago, 4 de julio de 2016.
Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, que aprueba las modificaciones de convenio que indica celebradas entre el Ministerio de Educación y la Universidad Tecnológica Metropolitana, sobre aporte por gratuidad para establecimientos educacionales regidos por el decreto ley N° 3.166, de 1980, por cuanto se encuentra ajustado a derecho.
No obstante, en relación a la modificación suscrita entre las partes, referente al establecimiento educacional "Instituto Superior de Comercio Diego Portales RBD 9.058", de los antecedentes tenidos a la vista, este Órgano de Control entiende que en lo no alterado continúa vigente el pacto de 9 de diciembre de 2011, sancionado por el decreto N° 43, de 2012, del Ministerio de Educación, lo que no aparece consignado en esos términos, ni en el pacto modificatorio original, que se adjunta, como tampoco en el instrumento en trámite.
Asimismo, de acuerdo a los documentos adjuntos, el "Liceo Polivalente Emilia Toro de Balmaceda" se identifica con el Rol Base de Datos -R.B.D. 8.505-, el que es distinto del expresado en el artículo 1° del decreto en curso.
Finalmente, en lo sucesivo esa Secretaría de Estado deberá velar por que los convenios se transcriban exactamente en el acto administrativo que los aprueba y que las copias de estos últimos se correspondan con su original.
Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del decreto del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta, Contralor General de la República Subrogante.
A la señora
Ministra de Educación
Presente