Fundacion de la Academia Militar
Considerando de la importancia que es, i las ventajas que deben resultar a los Ejércitos de la Patria el tener un depósito de donde puedan sacarse oficiales ya formados e instruidos para llenar las vacantes de los Rejimientos, cubrir los cuerpos de milicias cívicas, i aun tomar cuadros enteros para levantar prontamente un nuevo ejército en caso necesario; he venido en determinar se establezca inmediatamente en esta capital una Academia militar, nombrando por Director i Comandante de ella al Sarjento mayor de Injenieros don Antonio Arcos, de cuyo celo i conocimientos se promete el Gobierno los resultados mas satisfactorios, bajo estos principios se fija el siguiente provisorio
Reglamento
El objeto de este establecimiento se dirije por ahora a formar una academia teórica i práctica de a donde puedan sacarse a los seis meses oficiales, sarjentos i cabos con los conocimientos tácticos necesarios para las maniobras de Batallon i Escuadron, e igualmente instruidos en todo el mecanismo del servicio para que puedan desempeñar debidamente los cargos i empleos a que sean destinados en lo sucesivo.
En este supuesto se establecen como bases fundamentables los dos siguientes artículos:
1.°
Todo oficial de los no actualmente empleados de cualquier clase, no puede ni debe aspirar a tener colocacion en el Ejército, sin que primero haya precedido su agregacion a la Academia militar.
2.°
Queda enteramente abolida en los Rejimientos la clase de cadetes. Los que actualmente existan en los cuerpos del Ejército pasarán a la Academia para ser promovidos; pues debe entenderse que desde este momento no hai otra escala, ni otro camino para salir de oficial que el de adquirir primero los conocimientos necesarios e indispensables para obtener i desempeñar este cargo distinguido.
ORGANIZACION MILITAR DE LA ACADEMIA
La Academia militar se compondrá de tres sesiones. La primera se denominará Sesion de cadetes alumnos. La segunda, Sesion de sarjentos i cabos; i la tercera, Sesion de oficiales agregados.
Primera sesion
La compondrán todos los cadetes que actualmente sirvan en el Ejército, i los jóvenes distinguidos por su honradez i buena conducta que obtengan por el conducto i propuesta del Director de la Academia, nuestro decreto de admision. El número de plazas que por ahora compondrá esta sesion será de 100 alumnos, los que se dividirán en dos compañías, que se montarán sobre un pié puramente militar.
Segunda sesion
Se compondrá de individuos de buena conducta, que sepan leer i escribir: tanto los que soliciten ser admitidos como los que sean destinados serán filiados en la Academia: su número no queda determinado, se formarán por ahora dos compañías de a 60 hombres cada una sobre el pié que se hallan los de Infantería de línea. Los individuos de esta sesion saldrán para cabos, sarjentos i aun subtenientes del Ejército, segun su capacidad, comportacion i esperanzas que den.
Tercera sesion
La compondrán todos los oficiales que hayan servido anteriormente en el Ejército de la Patria, i quieran continuar sus servicios despues de adquirir los conocimientos en la nueva táctica, i los precisos en el mecanismo para uniformar el orden del servicio en todos los cuerpos del Ejército. Sus salidas no quedan determinadas. Su conducta, su aplicacion i sus adelantamientos decidirán al Gobierno en la clase que deba colocarlos.
Instruccion teórica i práctica de la Academia
El objeto principal por ahora como queda dicho, es formar buenos oficiales de Infantería i Caballería dentro de seis meses, que se verificarán los primeros exámenes. Por consiguiente el Director de la Academia arreglará i convinará el plan de estudios, i ejercicios doctrinales de modo que se consiga este fin.
Se seguirán las tácticas de infantería i caballería publicadas en Francia el año de 1792 con las modificaciones que han tenido hasta la última ediccion de 1815: en lo tocante a ordenanzas se adoptarán los estractos que forme el Director de la Academia, i que hayan sido primero aprobados por mí.
Instituciones de la Academia, i su económica administracion
Las sesiones 1.° i 2.° son de individuos natos de la Academia. Se les proporcionará un edificio a propósito, i de la capacidad necesaria para que puedan acuartelarse. Vivirán con la desencia i decoros debidos a sus clases, pero frulgalmente, i bajo la mas dura disciplina. La primera sesion se sostendrá a espensas de los mismos individuos que hayan sido admitidos, para lo cual pagarán 50 pesos en los seis primeros meses; 25 a su entrada, i 25 al principiar el segundo trimestre. Su equipaje se reducirá al uniforme simple de la Academia, que se detallará: ocho camisas, una pequeña cama con tres mudas de sábanas, seis servilletas i tres cubiertos. Comerán en mesas redondas de nueve a diez cubiertos a lo mas. Se repite: la vida será frugal como es propio, i conviene a un Estado republicano, pero brillará el decoro, el aseo a la propiedad, i los principios de buena educacion que en nada le son incompatibles. El Gobierno dota ademas esa sesion con 50 plazas que pagará a 10 pesos por mes a cada una para su entretenimiento i manutencion las que se proveerán en hijos de militares, de viudas, de padres pobres, pero virtuosos, en fin, en individuos que de cualquier modo hayan prestado servicios a la Patria, i se hayan hecho acreedores a su gratitud. No se exijen mas pruebas de nobleza que las verdaderas, que forman el mérito, la virtud i el patriotismo.
La segunda sesion corre toda a cargo del Estado. Todos sus individuos gozarán el haber de cabos primeros de infantaría de línea.
La Academia parará las competentes revistas de comisario del Ejército para proceder al abono de sus haberes i ajuste sus individuos.
Se nombrará ademas un comisario particular de la Academia que sin revestir el carácter de comisario de guerra haga funciones de administrador, lleve la correspondiente cuenta i razón, i corra con todos los intereses de ella bajo la inspeccion de su Director.
Dado en el palacio directorial de Santiago de Chile a 16 de Marzo de 1817.-Bernardo O'Higgins.-José Ignacio Zenteno, secretario.