Artículo 54: Los Decreto 301, EDUCACIÓN
Art. ÚNICO N° 29
D.O. 09.12.2017
apoderados que no hayan participado en los mecanismos principal o complementario de asignación o habiendo participado de aquellos, requieran cambio de establecimiento, deberán seguir el procedimiento descrito en los siguientes artículos.
    ParaDecreto 65,
EDUCACIÓN
Art. único Nº 1)
D.O. 18.07.2023
el mismo procedimiento, los establecimientos educacionales deberán regirse por las normas de este Título.