Artículo 4º.- Créase una Comisión Especial ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará integrada por un senador autor de la presente ley, el Secretario Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales, un representante del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, un representante de la Sociedad de Escritores de Chile, el alcalde de la comuna de Lautaro, el Secretario Regional Ministerial de Educación de la Región de La Araucanía y los diputados pertenecientes al distrito respectivo.
El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.