Artículo 22°.- Serán funciones administrativas del Jefe del Departamento:
    a) Proponer normas internas específicas del Departamento, en concordancia con las normas generales, y adoptar las medidas que permiten obtener un rendimiento óptimo del recurso humano;
    b) Colaborar en la estimación del gasto del Departamento para la formulación del presupuesto;
    c) Estudiar las necesidades de insumos, equipos e instrumentos que las actividades requieren y proporcionar la información respectiva, para los fines de adquisición anuales;
    d) Preocuparse de la renovación y mantenimiento de los equipos e instrumental;
    e) Velar por el correcto uso y aprovechamiento de los insumos, equipos, máquinas e instrumentos, así como del mantenimiento preventivo de éstos;
    f) Preocuparse del correcto manejo de las fichas de establecimientos y locales, revisarlas a través de muestreos representativos y comprobar que estén los informes completos;
    g) Velar porque se registren regular y adecuadamente las acciones, para su posterior procesamiento por informática, y
    h) Cumplir y hacer cumplir las normas legales, reglamentarias y disposiciones internas del Servicio referentes a las materias involucradas en las letras precedentes.