MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 24, DE 2013, DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, QUE APRUEBA REGLAMENTO DEL ARTÍCULO 20° DE LA LEY N° 20.595, QUE CREA EL INGRESO ÉTICO FAMILIAR QUE ESTABLECE BONOS Y TRANSFERENCIAS CONDICIONADAS PARA LAS FAMILIAS DE POBREZA EXTREMA Y CREA SUBSIDIO AL EMPLEO DE LA MUJER
Núm. 16.- Santiago, 25 de abril de 2016.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y modifica cuerpos legales que indica; en la ley N° 20.595, que Crea el Ingreso Ético Familiar que Establece Bonos y Transferencias Condicionadas para las Familias de Pobreza Extrema y Crea Subsidio al Empleo de la Mujer; en el decreto supremo N° 24, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, que Aprueba Reglamento que regula el Bono por Esfuerzo del artículo 20 de la ley N° 20.595; en el decreto supremo N° 3, de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social, que Aprueba Reglamento del artículo 21° de la Ley N° 20.595, que crea el Ingreso Ético Familiar que establece Bonos y Transferencias Condicionadas para las Familias de Pobreza Extrema y Crea Subsidio al Empleo de la Mujer; en el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, que Aprueba Reglamento del artículo 5° de la ley N° 20.379 y del artículo 3° letra f) de la ley N° 20.530; en el decreto supremo N° 160, de 2007, que Aprueba el Reglamento del Registro de Información Social, del Ministerio de Planificación; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y en las demás normas aplicables.
Considerando:
Que, la Ley N° 20.595, Crea el Ingreso Ético Familiar que Establece Bonos y Transferencias Condicionadas para las Familias de Pobreza Extrema y crea Subsidio al Empleo de la Mujer.
Que, la ley señalada en su artículo 20° crea el Bono por Esfuerzo, el que constituye una prestación monetaria de cargo fiscal, para quienes pertenezcan al 30% socioeconómicamente más vulnerable de la población, que logren desempeños destacados o de superación en las áreas que se indican y cumplan los demás requisitos establecidos.
Que, el referido artículo 20° dispone que un reglamento expedido por el Ministerio de Desarrollo Social y suscrito además por el Ministro de Hacienda, regulará el Bono por Esfuerzo que el citado artículo crea.
Que, mediante decreto supremo N° 24, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, se aprobó el Reglamento del artículo 20° de la ley N° 20.595.
Que, los artículos 4° y 5° del decreto supremo N° 24, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, regulan los requisitos y quienes podrán ser beneficiarios del Bono por Esfuerzo y la forma de verificar los requisitos establecidos para su focalización, respectivamente.
Que, a la fecha en que debía verificarse el cumplimiento del requisito establecido en la letra a) del artículo 4° del Reglamento citado, no se encontraba vigente el instrumento del artículo 5° de la ley N° 20.379.
Que, durante el año 2015, la verificación del cumplimiento del requisito establecido en la letra a) del artículo 4° se realizó utilizando la información disponible en el Registro de Información Social, regulado a través del decreto supremo N° 160, de 2007, que Aprueba el Reglamento del Registro de Información Social, del Ministerio de Planificación.
Que, atendido que con fecha 1° de enero de 2016 entró en vigencia el decreto supremo N° 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, que Aprueba Reglamento del artículo 5° de la ley N° 20.379 y del artículo 3° Letra f) de la ley N° 20.530, resulta necesario introducir una modificación al decreto supremo N° 24, de 2013, a fin de determinar quienes pertenecieron al 30% socioeconómicamente más vulnerable de la población al 31 de marzo del año 2015 conforme a la normativa vigente a dicha fecha, para efectos de conceder el bono por esfuerzo el presente año; por tanto,
Decreto:
1°.- Modifícase el decreto supremo N° 24, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, que aprobó el Reglamento del artículo 20° de la Ley N° 20.595, que Crea el Ingreso Ético Familiar que Establece Bonos y Transferencias Condicionadas para las Familias de Pobreza Extrema y crea Subsidio al Empleo de la Mujer, en el siguiente sentido:
. Sustitúyase en el inciso primero de su artículo único transitorio la frase "Durante los años 2013 y 2014,", por el siguiente texto nuevo: "Durante los años 2013, 2014, 2015 y 2016;".
2°.- En todo lo no modificado por el presente acto, permanecerá vigente lo dispuesto en el decreto supremo N° 24, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social.
Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Marcos Barraza Gómez, Ministro de Desarrollo Social.- Rodrigo Valdés Pulido, Ministro de Hacienda.
Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Juan Eduardo Faúndez Molina, Subsecretario de Servicios Sociales.