Artículo 9.Decreto 32,
TRABAJO
N° 4 a.
D.O. 20.09.2021
Adjudicación y pago. Una vez adjudicada una especie o lote, se indicará a viva voz el valor y el lote adjudicado. El usuario adjudicatario tendrá 48 horas desde verificado el remate para efectuar el pago del monto total de todas las adjudicaciones que haya efectuado en el respectivo remate, mediante el sistema de pago electrónico dispuesto en la plataforma de remates electrónicos y mixtos o de manera presencial en algunas de las Unidades de Crédito del país. La garantía entregada por parte del adjudicatario se imputará al monto total respectivo.
   
    Si en el plazo de 48 horas desde verificado el remate, el adjudicatario no paga el precio de la especie, la adjudicación quedará sin efecto. En tal evento, conforme a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 55 del DFL Nº 16 de 1986 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, la baja de precio y los gastos que se causaren en el nuevo remate serán de cargo del anterior adjudicatario y la especie será subastada en el próximo remate que se lleve a cabo. ADecreto 32,
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N° 4 b.
D.O. 20.09.2021
demás, el no pago del precio significará la pérdida de la garantía entregada por el oferente, en favor de la Dirección General del Crédito Prendario.

    LasDecreto 32,
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N° 4 c.
D.O. 20.09.2021
garantías de los oferentes que no se adjudicaron la especie serán devueltas dentro de las 48 horas posteriores a la realización de la subasta, de manera electrónica, en la cuenta bancaria señalada por el oferente. En el caso que no haya informado de ninguna cuenta, será pagada por caja, en alguna de las Unidades de Crédito del país, a partir de las 48 horas de la realización de la subasta.