EXTRACTO DE RESOLUCIÓN SANITARIA N° 3.563, DE 2016
Considerando que el transporte de residuos líquidos de baños químicos y de líquidos provenientes de fosas sépticas y cámaras decantadoras de grasas para su disposición final en sitios autorizados deben reunir condiciones sanitarias para peligros y molestias a la población:
a) Se fijan las condiciones que deben reunir en todo momento los vehículos de transporte de residuos líquidos de baños químicos y líquidos provenientes de fosas sépticas y cámaras decantadoras de grasas para su disposición en sitios autorizados:
- Certificado de hermeticidad vigente del estanque.
- Mantener hermeticidad del contenedor, sin trizaduras, corrosión.
- Transitar en condiciones de limpieza adecuadas.
- Estanque con leyenda "AGUAS SERVIDAS" visible.
- Lavado de carrocerías en lugar autorizado.
- Chofer y personal con elementos de protección personal adecuado.
- En caso de fugas, limpieza inmediata.
- Deben disponerse en sitios autorizados.
Corresponderá fiscalizar el cumplimiento de lo anteriormente expuesto al personal de la Seremi de Salud y a los demás organismos, en el ámbito de sus respectivas competencias. El incumplimiento de las medidas preventivas aquí expresadas, será sancionado con multa fiscal.-
Lila Vergara Picón, Secretaria Regional Ministerial de Salud Región de Antofagasta.