MODIFICA RESOLUCIÓN N° 462 EXENTA, DE 2007, DE SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN METROPOLITANA EN EL SENTIDO QUE SE INDICA
Núm. 4.855 exenta.- Santiago, 7 de septiembre de 2016.
Vistos:
La ley N° 18.059; las resoluciones N°39, de 1992, y N° 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 2, 107 y 113 del DFL N°1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo N° 83, de 1985, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; carta N° 4391-16, de 24 de agosto de 2016, de Gerente de Infraestructura (S), del Directorio de Transporte Público Metropolitano; resolución exenta N° 462, de 2007, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, que Establece en Vías de la ciudad de Santiago Pistas de Uso Exclusivo para Vehículos que indica; oficio N° 819, de 4 de agosto de 2016, de Dirección de Tránsito de I. Municipalidad de Independencia y Ord. 1900/1419/2016, de 25 de julio de 2016, de Dirección de Tránsito I. Municipalidad de Recoleta; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
1. Que, el numeral 35) del artículo 2 del citado DFL N° 1, de 2007, establece que las pistas de uso exclusivo son espacios de la calzada, debidamente señalizados, destinados únicamente al uso de ciertos vehículos, determinados por la autoridad correspondiente.
2. Que, mediante carta N° 4391-16, de 24 de agosto de 2016, de Gerente de Infraestructura (S), del Directorio de Transporte Público Metropolitano, se adjunta Estudio Técnico que justifica la inclusión de nuevos ejes como pistas de uso exclusivo de buses en las comunas de Recoleta e Independencia, solicitando asimismo la modificación de la resolución exenta N° 462, de 2007, citada en Vistos.
3. Que conforme dicho Estudio constituyen ejes viales relevantes para servicios de transporte público urbano de pasajeros prestado mediante buses, atendida su continuidad y conectividad, los correspondientes a Bellavista-Artesanos y Av. La Paz; los cuales también presentan altos niveles de congestión, ocasionando que la velocidad promedio de los servicios sea baja, por lo que resulta conveniente y necesario implementar medidas de gestión de tránsito que den prioridad a la circulación de buses urbanos para de este modo disminuir tiempos de viaje de los usuarios.
4. Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL N° 1, de 2007, citado en el Visto, para disponer la medida que se establece en el resuelvo del presente acto administrativo.
Resuelvo:
1. Modifícase la tabla contenida en el Resuelvo N°1, de la resolución exenta N° 462, de 23 de febrero de 2007, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, agregándose al final, las siguientes filas:

2. La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Anótese y publíquese.- Matías Salazar Zegers, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana.