Esta ley tiene por objeto impulsar la productividad del país por medio de diversas medidas, como la profundización del sistema financiero de manera de facilitar las transacciones, expandir las posibilidades de financiamiento y reducir su costo, haciendo más eficiente el sistema de pagos y la promoción de las exportaciones y servicios para diversificar la economía hacia nuevos sectores intensivos en capital humano y orientados hacia los mercados externos. Para tales efectos, esta ley modifica diversos cuerpos legales: el D.L N° 824 de 1974, del Ministerio de Hacienda, que contiene la Ley sobre Impuesto a la Renta; ley N° 18.840, Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile, para reconocer las infraestructuras del pago en el exterior; la ley N°19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, entre otras.

    Artículo 14.-  Modifícase la ley N° 19.220, que regula establecimiento de bolsas de productos agropecuarios, de la siguiente forma:

    1. Intercálase, en el numeral 4) de su artículo 5°, a continuación de la expresión "19.983", lo siguiente: "y las facturas comerciales de traspaso extranjero o facturas de exportación".
    2. Modifícase el artículo 20 de la siguiente manera:

    a) Agrégase, en su inciso sexto, la siguiente oración final: "Dicha custodia podrá ser llevada de manera directa por la bolsa o a través de bancos o empresas de depósito y custodia de aquellas reguladas por la ley N° 18.876.".
    b) Elimínase, en su inciso séptimo, la expresión "en custodia".