Artículo 4°.- Señálase para la Ley 21104
Art. 2 N° 3, a)
D.O. 06.08.2018
Región de Tarapacá; Región de Coquimbo; Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, y Región de Los Lagos, que el procedimiento de postulación del año 2018 y de admisión del año 2019 de los establecimientos educacionales se extenderá a todos sus cursos o niveles reconocidos oficialmente.
    Asimismo, para la Región de Arica y Parinacota; Región de Antofagasta; Región de Atacama; Región de Valparaíso; Región del Maule; Región del Biobío; Región de la Araucanía; Región de Los Ríos Ley 21104
Art. 2 N° 3, b), i) y ii)
D.O. 06.08.2018
y Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, el procedimiento de postulación para el año 2019 y de admisión para el año 2020 de los establecimientos educacionales de estas regiones, se extenderá a todos sus cursos o niveles reconocidos oficialmente.
    Para Ley 21104
Art. 2 N° 3, c)
D.O. 06.08.2018
la Región Metropolitana, el procedimiento de postulación para el año 2020 y de admisión para el año 2021 de los establecimientos educacionales de esta región se extenderá a todos sus cursos o niveles reconocidos oficialmente.