MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 48 EXENTA, DE 2016, QUE DETERMINA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y RESOLUCIÓN Nº 2.194 EXENTA, DE 2010, QUE ESTABLECE DELEGACIÓN DE FACULTADES DEL INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DE CHILE
Núm. 4.170 exenta.- Santiago, 8 de noviembre de 2016.
Vistos:
Providencia interna Nº 2388, de fecha 3 de octubre de 2016, de la Jefa de Asesoría Jurídica; providencia Nº 36, de fecha 29 de septiembre de 2016, del Jefe del Subdepartamento de Recursos Humanos; providencia interna Nº 1128, de fecha 5 de septiembre de 2016, de la Jefa de Asesoría Jurídica; providencia Nº 2114, de fecha 30 de agosto de 2016, del Director; memorándum Nº 485/2016, de fecha 17 de agosto de 2016, del Jefe (T y P) del Departamento de Salud Ambiental; providencia interna Nº 2320, de fecha 3 de octubre de 2016, de la Jefa de Asesoría Jurídica; providencia Nº 2365, de fecha 27 de septiembre de 2016, de la Jefe de Gabinete; providencia Nº 812, de fecha 23 de septiembre de 2016, del Jefe del Departamento de Administración y Finanzas; memorándum Nº 455/2016, de fecha 16 de agosto de 2016, del Jefe (T y P) del Departamento de Salud Ambiental; providencia Nº 547, de fecha 31 de agosto de 2016, del Jefe del Departamento de Administración y Finanzas; resolución exenta Nº 48, del 15 de enero del año 2016, que "Determina la estructura orgánica del Instituto de Salud Pública de Chile y reemplaza las resoluciones exentas Núms. 335/2011 y 292/2014 y sus modificaciones"; resolución exenta Nº 2.194, de 2010, y sus modificaciones, todas del Instituto de Salud Pública de Chile;
Considerando:
Primero: Que, en virtud de las facultades conferidas en el artículo 61 letra k), en relación al artículo 64 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, se determinó la estructura y organización interna del Instituto mediante resolución exenta Nº 48/ 2016 de este Instituto.
Segundo: Que, el literal b) del artículo siete de la resolución Nº 48/2016 ya individualizada, estableció que el Subdepartamento de Recursos Humanos, perteneciente al Departamento de Administración y Finanzas, está compuesto por la Unidad de Salud Laboral y Prevención de Riesgos (SALPRI), y por las secciones de Capacitación, Servicio de Bienestar, Remuneraciones, Personas y Calidad de Vida.
Tercero: Que, por razones de buen servicio y congruente con los cambios propuestos para generar una nueva política institucional de Recursos Humanos, fundada en el reconocimiento del componente más valioso del Instituto, es decir, "las personas", se hace indispensable modificar la denominación del Subdepartamento de Recursos Humanos por Subdepartamento de Gestión de Personas del Departamento de Administración y Finanzas.
Cuarto: Que, por asimismo, se requiere transformar la Unidad de Salud Laboral y Prevención de Riesgos (Salpri), en Sección.
Quinto: Que, para contribuir a la eficiencia de los procesos internos relativos a la Gestión de las Personas se delegará en el Jefe de ese Subdepartamento, "la facultad de firmar, por orden del Director", respecto de materias determinadas, conforme lo dispone el inciso final del artículo 41 del DFL Nº 1-19.653, de 2001, que dispone: "Podrá igualmente, delegarse la facultad de firmar, por orden de la autoridad delegante, en determinados actos sobre materias específicas. Esta delegación no modifica la responsabilidad de la autoridad correspondiente, sin perjuicio de la que pudiera afectar al delegado por negligencia en el ejercicio de la facultad delegada".
Sexto: Que, para tales efectos, deberá modificarse, como se indicará en lo resolutivo de este acto, la resolución exenta Nº 2.194 de 2010, de este Instituto, que delega facultades en las Jefaturas que indica.
Séptimo: Que, se añade a lo anterior, la necesidad de actualizar la estructura del Departamento de Salud Ambiental, conforme se indica en el memorándum Nº 458 del 2016, del Jefe (T y P) de ese Departamento y providencia Nº 36 del 2016, del Jefe del Subdepartamento de Recursos Humanos.
Octavo: Que, lo señalado constituye fundamento suficiente para modificar las resoluciones exentas Nos 48/2016 y 2.194/2010, ambas de este Instituto, y
Teniendo presente:
Resolución exenta Nº 2.194, de 2010, del Instituto de Salud Pública de Chile; resolución exenta Nº 48, de 2016, del Instituto de Salud Pública de Chile; los artículos 61° letras a), k) y l) y 64 del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud; lo dispuesto en los artículos 31 y 41 de decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, del año 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución Nº 1.600, de la Contraloría General de la República, y las facultades que me confiere el decreto Nº 101, del año 2015, del Ministerio de Salud; decreto Nº 277, de 2016, del Ministerio de Salud.
Resolución:
Uno.- Modifícase resolución exenta Nº 48, de 2016, en su artículo seis en el sentido que indica:
a) Incorpórense como Unidades al Departamento de Salud Ambiental la "Unidad de Coordinación de Laboratorios" y la "Unidad de Registro de Plaguicidas".
b) Agrégase al número 1 letra b), a continuación de la expresión "Microbiología de Alimentos", la siguiente: "y Parasitología Ambiental".
c) Elimínase el número 2 del literal d).
Dos.- Modifícase resolución exenta Nº 48, de 2016, literal b) del artículo siete en el sentido que indica:
a) Sustitúyase la denominación del "Subdepartamento de Recursos Humanos" por la de "Subdepartamento de Gestión de las Personas".
b) Sustitúyase la denominación de la "Unidad de Salud Laboral y Prevención de Riesgos (Salpri)" por la de "Sección de Salud Laboral y Prevención de Riesgos (Salpri)".
Tres.- Modifícase resolución exenta Nº 2.194, de 2010, numeral 6, en el sentido que indica:
a) Agréguese literal "d) Firmar, por orden del Director las siguientes resoluciones de:
1) Comisiones de servicio que no necesiten pasajes ni viáticos.
2) Feriado legal, su anticipo o postergación dentro del año respectivo o su acumulación el año siguiente.
3) Sobre permisos con goce de remuneraciones hasta por 7 días hábiles en cada año calendario.
4) Sobre permisos por los días hábiles insertos entre dos feriados, o un feriado y un día sábado o domingo, según el caso, en tanto se recuperen con otra jornada y horas de trabajo.
5) Horarios especiales".
Agréguese al punto i. del literal c) "paternales y permiso postnatal parental".
Cuatro.- Modifícase resolución exenta Nº 2.194, de 2010, numeral 7, en el sentido que indica:
Revóquese la facultad delegada en la Jefatura de la Sección de Personal y Delégase en la Jefatura de la Sección Remuneraciones.
Cinco.- Declárase que, en lo demás, las resoluciones exentas Nº 48, de 2016, y Nº 2.194, de 2010, se mantienen vigentes.
Seis.- Publíquese en el Diario Oficial, en extracto, el que será elaborado por la Asesoría Jurídica del Instituto, y su texto completo en la página web institucional www.ispch.cl.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Alex Figueroa Muñoz, Director (T y P), Instituto de Salud Pública de Chile.