La presente ley establece los distintos aguinaldos y beneficios al que accederán los empleados públicos, a modo de ejemplo, se consideran aguinaldo de fiestas patrias, de navidad, colaboradores del Sename, entre otros. Esta ley no se refiere al reajuste del sector público.
    Artículo 35.- Modifícase, a contar del  1  de  enero  de  2017,  el  artículo  11  de  la  ley  N° 19.041, en el sentido que a continuación se indica:
    1. Introdúcense las siguientes modificaciones al párrafo tercero:
    i. Reemplázase la frase: "La Asignación para los cargos de Administrativos será respecto de los grados 9, 10, 13" por la siguiente: "La Asignación para los cargos de Administrativos y Técnicos será respecto de los grados 9, 13".
    ii. Elimínase la cantidad de "$62.706".
    2. Incorpórase el siguiente párrafo final: "La Asignación para los cargos de Administrativos y Técnicos será respecto de los grados 10, 11 y 12 de la escala de sueldos del decreto ley N° 249, de 1974, de $279.670, $261.375 y $248.928, respectivamente.".