La presente ley establece los distintos aguinaldos y beneficios al que accederán los empleados públicos, a modo de ejemplo, se consideran aguinaldo de fiestas patrias, de navidad, colaboradores del Sename, entre otros. Esta ley no se refiere al reajuste del sector público.
    Artículo 39.- Suprímase en el párrafo primero del literal c) del inciso primero del artículo 10 de la ley N° 20.919 la frase: "y no más allá de que cumplan 67 años de edad".