Artículo 15: Comunicación de fecha renuncia efectiva.- Los funcionarios y funcionarias señalados en los números 1 y 2 del artículo 3º que resultaren beneficiarios de cupos para la bonificación por retiro voluntario, deberán informar por escrito al Departamento de Recursos Humanos o a quien cumpla la función en su institución empleadora, a más tardar el último día hábil del mes siguiente a la fecha de la resolución a que se refiere el artículo 12 de este reglamento, la fecha en que dejarán definitivamente el cargo.
    La renuncia deberá hacerse efectiva una vez que el beneficiario cumpla el requisito de edad dispuesto en el artículo 3º y a más tardar el día primero del quinto mes siguiente del vencimiento del plazo para fijar la fecha de renuncia voluntaria definitiva; o hasta el día primero del quinto mes en que cumpla 65 años de edad, si esta fecha es posterior a aquella. Tratándose de las funcionarias que sean beneficiarias de algún cupo para hacerlo efectivo antes de cumplir los 65 años de edad, se aplicará lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 18, cuando corresponda.
    Sin perjuicio de lo anterior, las funcionarias que cumplan entre 60 años y 65 años de edad, entre el 1 de enero y el Decreto 8,
SALUD
Art. único N° 4, a) y b)
D.O. 26.07.2024
31 de diciembre de 2025, y que postulen en el proceso correspondiente al año 2025, de ser seleccionadas deberán hacer efectiva su renuncia voluntaria, a más tardar, hasta el primer día del quinto mes siguiente al que cumplan 65 años de edad, conservando los cupos obtenidos durante dicho período.
    El personal que se acoja a los beneficios de esta ley deberá renunciar a todos los cargos y al total de horas que sirva; y si se desempeñase en más de un establecimiento de los mencionados en el artículo 2º, deberá renunciar a la totalidad de las horas y a los nombramientos o contratos que tenga en ellos.
    Las instituciones referidas en el artículo 2º de este reglamento informarán a la Subsecretaría de Redes Asistenciales vía correo electrónico, en formato determinado por ésta, el listado de todos los funcionarios y funcionarias beneficiarias indicando la fecha en que harán efectiva su renuncia, a más tardar el quinto día hábil siguiente al término del plazo para fijar la fecha de renuncia.