MODIFICA DECRETO N° 211, DE 1991
    Núm. 207.- Santiago, 10 de Agosto de 1994.- Visto: Lo dispuesto por el decreto supremo N° 211 de 1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes,
    Decreto:

    Modifícase el D.S. N° 211 de 1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, en los siguientes términos:
    - En el artículo 11°, agrégase la expresión "de año de fabricación 1994 o posterior" entre las palabras "livianos" y "cuya".


    Anótese, tómese razón y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Narciso Irureta Aburto, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.- Alvaro García Hurtado, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Patricia Muñoz Villela, Jefe Depto. Administrativo.
          CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

          División de la Vivienda y Urbanismo y
              Obras Públicas y Transportes

                  Subdivisión Jurídica
    Cursa con alcance decreto N° 207, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Núm. 30.338.- Santiago. 31 Agosto de 1994.
    La Contraloría General ha tomado razón del documento del epígrafe, que excluye de la aplicación del artículo II del decreto N° 211, de 1991, de esa Secretaría de Estado, a los vehículos cuyo año de fabricación sea anterior al de 1994, en el entendido de que a ellos se les aplicarán las normas pertinentes del artículo 2° del citado decreto N° 211.
    Saluda atentamente a Us., Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República.
Al señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones Presente.