MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 5.648 EXENTA, DE FECHA 1 DE SEPTIEMBRE DE 2016, Y SUS MODIFICACIONES, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES EXTRAORDINARIAS PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DE TÍTULO II DEL PROGRAMA DE HABITABILIDAD RURAL, EN LAS REGIONES QUE INDICA, Y APRUEBA PRIMERA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS EN ESE LLAMADO
Santiago, 29 de diciembre de 2016.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 8.576 exenta.
Visto:
1. El DS N° 10 (V. y U.), de 2015, que regula el Programa de Habitabilidad Rural.
2. La resolución exenta N° 9.987 (V. y U.), de fecha 22 de diciembre de 2015, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2016 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Habitabilidad Rural regulado por el DS N° 10 (V. y U.), de 2015.
3. La circular N° 4 de fecha 20 de enero de 2016, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, dirigida a los Seremi Minvu y Directores Serviu de todas las Regiones, mediante la cual informa el Programa de Subsidios Habitacionales del año 2016.
4. Las resoluciones exentas N° 5.648 (V. y U.), de fecha 1 de septiembre y N° 6.983, de fecha 26 de octubre, ambas de 2016, mediante las cuales se regula el primer llamado a postulación nacional en condiciones extraordinarias para el otorgamiento de subsidios habitacionales de Título II del Programa de Habitabilidad Rural, y se establece la distribución regional de recursos.
5. La resolución exenta N° 7.254, de fecha 15 de noviembre de 2016, que modifica las fechas de cierre de llamado, estableciendo como primer cierre el 30 de noviembre de 2016.
Considerando:
1. Que por problemas del Sistema Computacional y de acceso a los datos de Registro Civil y Registro Social de Hogares del Ministerio de Desarrollo Social, durante el mes de octubre de 2016, se debió modificar la fecha de cierre del llamado, eliminando el primer cierre establecido para el último día hábil del mes de octubre de 2016.
2. Atendiendo lo señalado en el considerando anterior, y para dar mayor claridad y estabilidad al primer proceso de postulación del Programa Habitabilidad Rural, se hace necesario modificar la distribución de los recursos para atender tres (3) procesos de selección, medida que promueve una mejor focalización de los recursos dispuestos en este llamado y una distribución más equitativa conforme las tipologías de proyectos que fomenta el llamado.
3. Que cerrado el primer proceso de postulación del Llamado Nacional en Condiciones Extraordinarias del Programa de Habitabilidad Rural, regulado mediante la resolución exenta N° 5.648 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, cierre efectuado con fecha 30 de noviembre de 2016; se procedió a seleccionar a los postulantes de acuerdo a lo señalado en dicha resolución, a lo establecido en el DS N° 10 (V. y U.), de 2015, y a los recursos disponibles del Programa de Habitabilidad Rural, por lo que dicto la siguiente
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta N° 5.648 (V. y U.), de fecha 1 de septiembre de 2016, mediante la cual se realiza el primer llamado a postulación nacional en condiciones especiales del año 2016, en la siguiente forma:
1.1 Agrégase a continuación del punto final del Párrafo 1° Resuelvo 1 la siguiente expresión: "Los postulantes al llamado regulado por la presente resolución, podrán participar en hasta 3 procesos de selección consecutivos, sin que les sea exigible la presentación de nuevos antecedentes. De no resultar seleccionados deberán ser eliminados del banco de postulaciones. Lo anterior es sin perjuicio de su posibilidad de postular en futuros llamados".
1.2 Sustitúyese en el Párrafo 4° en el Resuelvo 10 la locución "60% para Tipología Sitio del Residente, 30% para la Modalidad Mejoramiento y Ampliación de Vivienda Existente, y 10% para la Modalidad Entorno y Equipamiento Comunitario", por la siguiente: "60% para Tipología Sitio del Residente y 40% para las Modalidades Mejoramiento y Ampliación de Vivienda Existente, y Entorno y Equipamiento Comunitario, pudiendo practicarse una distribución porcentual distinta en cada proceso de selección, de acuerdo a las necesidades y demanda regional y nacional".
1.3 Las modificaciones a las que se refieren los puntos 1.1 y 1.2 de este resuelvo serán aplicables a los expedientes que participen en los procesos de selección con expedientes aprobados en sistema al 30 de noviembre, 16 de diciembre y 27 de diciembre, todos de 2016, modificaciones que los habilitará para participar y ser incluidos en las selecciones correspondientes, si procede.
1.4 Reemplázase la tabla inserta en el Resuelvo 13 del Párrafo 5° por la siguiente:
. 2. Apruébanse las nóminas de seleccionados para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al primer cierre de postulación del Llamado Nacional en Condiciones Extraordinarias de 2016, del Programa de Habitabilidad Rural en su Título I, de la resolución exenta N° 5.648 (V. y U.), de 2016, realizado el 30 de noviembre del año en curso. Estas nóminas se adjuntan y se entenderán formar parte integrante de la presente resolución. Además, fijase el número de postulantes seleccionados por Región, según se indica en la siguiente tabla:
. 3. Comprométense los recursos disponibles para la primera selección del mes de noviembre, del Llamado Nacional en Condiciones Extraordinarias de 2016 del Programa de Habitabilidad Rural en su Título II, para las Tipologías de Proyectos que indica el cuadro precedente, los que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de Asistencia Técnica y Fiscalización Técnica de Obras, según la distribución por Tipología de Proyecto y por región, señalada en el siguiente cuadro:
. 4. Publíquese la presente resolución en Diario Oficial; y en un periódico de circulación regional, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los postulantes seleccionados, conforme a lo indicado en el resuelvo 2. de la presente resolución, las que deberán contener a lo menos, la comuna, la Tipología de Proyecto de la cual se trate, la cédula de identidad del postulante y el puntaje obtenido por el grupo o persona, según corresponda. En el caso de seleccionados en alternativa colectiva, se deberá indicar, además de lo señalado, el nombre del grupo y código de expediente.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Paulina Saball Astaburuaga, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Iván Leonhardt Cárdenas, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.