PRORROGA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA AGUAS PATAGONIA DE AYSÉN S.A.
    Núm. 209.- Santiago, 1 de diciembre de 2016.
    Vistos:
    1.- El DFL Nº 70, de 1988, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, del Ministerio de Obras Públicas, en adelante e indistintamente, "DFL MOP Nº 70/88";
    2.- El Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, DS Nº 453, del 12 de diciembre de 1989, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo;
    3.- La Ley Nº 18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS);
    4.- El artículo 100 del DS Nº 1.199, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas;
    5.- El decreto supremo Nº 329, del 25 de octubre de 2006, publicado en el Diario Oficial el 23 de noviembre del mismo año, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija fórmulas tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la Empresa Aguas Patagonia de Aysén S.A.;
    6.- El decreto supremo Nº 149, del 11 de noviembre de 2011, publicado el 24 de enero del 2012, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que prorroga fórmulas tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la Empresa Aguas Patagonia de Aysén S.A.;
    7.- Acta de acuerdo de prórroga de tarifas de Empresa Aguas Patagonia de Aysén S.A. de fecha 25 de septiembre de 2015;
    8.- Publicaciones del extracto del acta referida en punto anterior, en Diario Oficial de fecha 22 de octubre de 2015 y en "El Diario de Aysén" de igual fecha;
    9.- Resolución Nº 710, de 29 de febrero de 2016, de la Superintendencia de Servicios Sanitarios que aprueba prórroga de fórmulas tarifarias de la concesión de Aguas Patagonia de Aysén S.A., establecidas en DS Minecon Nº 329/06, por otro periodo de cinco años a partir del 28 de noviembre de 2016.
    Considerando:
    1.- Que, en conformidad con el artículo 2 de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, la fijación de las fórmulas tarifarias de los servicios públicos sanitarios se realiza mediante decreto expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo;
    2.- Que, las fórmulas tarifarias a que hace referencia el citado artículo 2, tienen un periodo de vigencia de cinco años, salvo que dentro del plazo comprendido entre los 14 y los 17 meses anteriores al término del referido periodo tarifario, haya acuerdo entre el prestador y la Superintendencia de Servicios Sanitarios para prorrogarlo por otro periodo igual de cinco años, fundado en la no existencia de cambios relevantes en los supuestos hechos para el cálculo de las fórmulas tarifarias;
    3.- Que, mediante acta de fecha 25 de septiembre de 2015, suscrita entre la Superintendencia de Servicios Sanitarios y la concesionaria Empresa Aguas Patagonia de Aysén S.A. se convino en prorrogar a partir del 28 de noviembre de 2016, la vigencia por un nuevo periodo de cinco años, del nivel tarifario establecido por DS Minecon Nº 329/06, prorrogado anteriormente mediante DS Minecon Nº 149/11;
    4.- Que, dicho acuerdo se produjo en conformidad a lo previsto en los artículos 12 y 12 B del DFL MOP Nº 70/88, teniendo en cuenta que no existen cambios relevantes en los supuestos hechos para el cálculo de las fórmulas tarifarias vigentes;
    5.- Que el acuerdo en referencia fue publicado en extracto y con sus fundamentos en el Diario Oficial de fecha 22 de octubre de 2015 y en "El Diario de Aysén" de igual fecha;
    6.- Que la Superintendencia de Servicios Sanitarios aprobó dicho acuerdo de prórroga mediante resolución Nº 710/16.
    Decreto:

    Prorrógase el periodo de vigencia de las fórmulas tarifarias para calcular los precios máximos aplicables a los usuarios de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la Empresa Aguas Patagonia de Aysén S.A., fijadas en el DS Minecon Nº 329/06, por otro periodo de cinco años contados a partir del 28 de noviembre del 2016.


    Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Luis Felipe Céspedes Cifuentes, Ministro de Economía, Fomento y Turismo.
    Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Natalia Piergentili Domenech, Subsecretaria de Economía y Empresas de Menor Tamaño.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División de Infraestructura y Regulación
    Subdivisión Jurídica
    Cursa con alcance el decreto Nº 209, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
    Nº 92.580.- Santiago, 26 de diciembre de 2016.
    La Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que prorroga las fórmulas tarifarias de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas para la Empresa Aguas Patagonia de Aysén S.A., pero cumple con hacer presente que la citada sociedad es la titular del derecho de explotación de las respectivas concesiones de acuerdo con el decreto Nº 663, de 2003, del Ministerio de Obras Públicas -que aprueba la transferencia del aludido derecho-, y no la concesionaria, como erróneamente se indica en el acto administrativo en examen.
    Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República.
Al señor
Ministro de Economía, Fomento y Turismo