Artículo 38º.- El (la) Director(a) Económico(a) y Administrativo(a) será responsable, anualmente, de la elaboración del presupuesto de la institución, para ello deberá requerir al (a la) Director(a) Académico(a) los informes relativos a la propuesta de planes y programas de estudios, y los respectivos planes de desarrollo docente, así como los presupuestos específicos necesarios para el financiamiento de todas las actividades del Centro.
    El (la) Director(a) Económico(a) y Administrativo(a) deberá verificar que los presupuestos específicos presentados en los informes que reciba, sean concordantes con el Proyecto de Desarrollo Institucional.