MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 17, DE 2014, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN EL SENTIDO QUE INDICA
    Núm. 357.- Santiago, 14 de diciembre de 2016.
    Visto:
    Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República; en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación; en la ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Educación; en la ley Nº 20.529, que crea el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su Fiscalización; en los decretos supremos Nos 129 y 381, de 2013, y 17 y 302, de 2014, todos del Ministerio de Educación; en el oficio Ord. Nº 263, de 5 de diciembre de 2016, de la Agencia de Calidad de la Educación, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y
    Considerando:
    Que, mediante decreto supremo Nº 17, de 9 de enero de 2014, del Ministerio de Educación, se aprobó la metodología de ordenación de todos los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, conforme a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 17, de la ley Nº 20.529.
    Que, el decreto en comento, en su artículo único transitorio, establece que la metodología de ordenación comenzará a regir a partir del mes de diciembre del año 2015.
    Que, la Agencia de Calidad de la Educación ha manifestado la dificultad de proceder a la ordenación de los establecimientos educacionales, en atención a que no se cuenta con todos los insumos necesarios para la utilización del indicador "Titulación Técnico Profesional" establecidos en el decreto Nº 381, de 2013, de esta Cartera de Estado.
    Que, esta Secretaría de Estado, en razón de lo solicitado, ha dado su conformidad para modificar el decreto supremo Nº 17, de 2014, del Ministerio de Educación.
    Decreto:
    Artículo único: Agrégase al artículo único transitorio el siguiente inciso segundo nuevo:
    "En el caso del nivel de educación media, esta metodología de ordenación comenzará a regir a partir del mes de diciembre del año 2016.".


    Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Adriana Delpiano Puelma, Ministra de Educación.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Valentina Karina Quiroga Canahuate, Subsecretaria de Educación.