Artículo 2°.- Al MinisterioDL Nº 3.346
Art. 2
D.O.
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Ley Nº 20.885 Art.
Único Nº 3 letra
a)
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de Justicia y Derechos Humanos corresponden las siguientes funciones:                       


a) Realizar el estudio crítico de las normas constitucionales y de la legislación civil, penal, comercial, administrativa y de pDL Nº 3.346 Art.
2 letra a) D.O.
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Ley Nº 20.885 Art.
Único Nº 3 letra b
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rocedimiento, a fin de proponer al Presidente de la República las reformas que estime pertinentes;

b) Colaborar, en el ámbito de su competencia, con el Presidente de la República en las materias relativas a la promoción y protección de los derechos humanos. En ejercicio de esta función, le correspondeLey Nº 20.885
Art. Único Nº 3
letra c)
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rá realizar el estudio crítico de la normativa interna a la luz del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y proponer al Presidente de la República las reformas que en tal sentido estime pertinentes;
c) Prestar asesoríaLey Nº 20.885
Art.Único Nº 3
letra c)
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técnica al Ministerio de Relaciones Exteriores en los procedimientos ante los tribunales y órganos internacionales de derechos humanos y, en ejercicio de esta función, colaborar con las respuestas o informes que se presenten a nombre del Estado de Chile;

d) Colaborar con elLey Nº 20.885
Art.Único Nº 3
letra c)
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Ministerio de Relaciones Exteriores, dentro del ámbito de su competencia, en la elaboración y seguimiento de los informes periódicos ante los órganos y mecanismos de derechos humanos, en la ejecución de medidas cautelares y provisionales, soluciones amistosas y sentencias internacionales en que Chile sea parte, y en la implementación, según corresponda, de las resoluciones y recomendaciones originadas en el Sistema Interamericano y en el Sistema Universal de Derechos Humanos, sin perjuicio de las atribuciones de otros órganos del Estado;
e) Celebrar conveniosLey Nº 20.885
Art.Único Nº 3
letra c)
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de colaboración y cooperación con organismos públicos y privados, nacionales o internacionales, dentro del ámbito de sus competencias;                       
                                                       
f) Asesorar alDL Nº 3.346
Art. 2
letra b) D.O.
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Presidente de la República en los nombramientos de jueces, funcionarios del Poder Judicial, y en el ejercicio de la atribución especial de velar por la conducta ministerial de los jueces;                       
g) Formular políticas,DL Nº 3.346
Art. 2
letra c) D.O.
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planes y programas sectoriales,Ley Nº 20.885
Art.Único Nº 3
letra d)
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en especial respecto de la defensa judicial de los intereses del Estado; del tratamiento penitenciario y la rehabilitación del condenado; de la organización legal de la familia e identificación de las personas; de la tuición que al Estado corresponde en la administración y realización de los bienes de las personas que caigan en falencia, y de los sistemas asistenciales aplicables a las niñas, niños y adolescentes que carezcan de tuición o cuya tuición se encuentre alterada y a los que presenten desajustes conductuales o estén en conflicto con la justicia;

h) Controlar elDL Nº 3.346
Art. 2
letra d) D.O.
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cumplimiento de las políticas, planes y programas sectoriales y evaluar sus resultados;     
                                                           
i) Dictar nDL Nº 3.346
Art. 2
letra e) D.O.
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ormas e impartir instrucciones a que deben sujetarse sus servicios dependientes y fiscalizar su cumplimiento;

j) Atender a lDL Nº 3.346 Art. 2
letra f) D.O. 22.05.1980
as necesidades de organización y funcionamiento de los tribunales de justicia;                               


k) Asesorar a los tribunales DL Nº 3.346
Art. 2
letra g) D.O.
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de justicia materias técnicas, a través de los organismos de su dependencia;               

l) Programar y proponer
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Art. 2
letra h) D.O.
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Ley Nº 20.885
Art. Único Nº 3
letra e)
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la adquisición, construcción, adecuación y habilitación por el Fisco de inmuebles para los tribunales de justicia, el Ministerio y sus servicios dependientes, sin perjuicio de las atribuciones de la Corporación Administrativa del Poder Judicial;

m) Proponer al Presidente DL Nº 3.346
Art. 2
letra i) D.O.
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de la República las medidas necesarias para solucionar las dificultades y dudas que le sean formuladas en materia de inteligencia y aplicación de las leyes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5°    del Código Civil y 102 del Código Orgánico de Tribunales;
n) Velar por laDL Nº 3.346
Art. 2
letra j) D.O.
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Art. Único Nº 3
letra f) D.O.
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prestación de asistencia jurídica gratuita en conformidad a la ley;                                     
                                                             
ñ) Proponer medidasDL Nº 3.346
Art. 2
letra k) D.O.
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Ley Nº 20.885
Art.Único Nº 3
letra g)
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para prevenir el delito por medio de planes de reinserción social;     

o) Crear establecimientos penales y de tratamiento y rehabilitación penitenciarios;       

p) Dictar las resoluciones necesarias para el cumplimiento de las sentencias ejecutoriadas quDL Nº 3.346
Art. 2
letra l) D.O.
22.05.1980
e condenen al Fisco;   

q) Asesorar al Presidente de la República en lo relativo a amnistía e indultos;

r) Estudiar los antecedentes y proponer, en su caso, la concesión de los beneficDL Nº 3.346
Art. 2
letra m) D.O.
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ios previstos en el decreto ley  N° 409, de 1932;

s) Intervenir en la fiscalización de las asociaciones y fundaciones de conformidad a lo establecido en el Título XXXIII del Libro I del Código CivilDL Nº 3.346
Art. 2
letra n) D.O.
22.05.1980
Ley Nº 20.587
Art. 4º Nº 1
D.O. 08.06.2012
, así como ejercer todas las atribuciones y demás funciones que la ley Nº 20.500, sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública, le confieren;
t) Participar en la legalización o el otorgamiento de apostillas, en conformidad a lo establecido en la Convención de La Haya que Suprime la Exigencia de Legalización de Documentos Públicos Extranjeros, de los instrumentos oDL Nº 3.346
Art. 2
letra ñ) D.O.
22.05.1980
torgados o autoLey Nº 20.885
Art. Único Nº 3
letra h)
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rizados por el Poder Judicial, por el Ministerio, por sus servicios dependientes y por los organismos que se relacionen con el Gobierno a través del Ministerio;
                          DL Nº 3.346
Art. 2
letra p) D.O.
22.05.1980

Ley Nº 20.711
Art. 3º
letra a) D.O.
02.01.2014
                                 

u) Otorgar las certificaciones y testimonios instrumentales que organismos internacionales o entidades extranjeras soliciten al Supremo Gobierno, en asuntos que puedan afectar al Fisco; 
                                                 
v) Aprobar el texto oficial de los Códigos y autorizar sus ediciones oficiales;

w) Pronunciarse sobre los proyectos y ejecución de obrasDL Nº 3.346
Art. 2
letra q) D.O.
22.05.1980
Ley Nº 20.885
Art. Único Nº 3
letra i) D.O.
05.01.2016
de Gendarmería de Chile, y sus prioridades, los que se someterán a la aprobación del Presidente de la República. Respecto de estas obras, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tendrá las mismas atribuciones que la ley señDL Nº 3.346
Art. 2
letra r) D.O.
22.05.1980

Ley Nº 20.885
Art. Único Nº 3
letra j) D.O.
05.01.2016
ale al Ministerio de Obras Públicas para el resto de las obras de tal naturaleza;                Ley Nº 19.368
Art. 3º
D.O. 26.01.1995
Ley Nº 20.885
Art. Único Nº 3
letra k) D.O.
05.01.2016
                       

x) Llevar el Registro
Ley Nº 19.947
Art. Noveno
D.O. 17.05.2004
Ley Nº 19.968
Art. 127
letra a) D.O.
30.08.2004
Ley Nº 20.286
Art. 4º
D.O. 15.09.2008
Ley Nº 20.885
Art. Único Nº 3
letra l) D.O.
05.01.2016
de Mediadores a que se refiere la ley N° 19.968, que crea los juzgados de familia, y fijar el arancel respectivo, y                                       

y) Desempeñar las
Ley Nº 20.885
Art. Único Nº 3
letra m)
D.O. 05.01.2016
restantes funciones y ejercer las demás atribuciones que le encomiende la ley.