Artículo 94.- La comunicación a que se refiere el artículo anterior deberá ser remitida a la Superintendencia dentro de las 24 horas siguientes a la ocurrencia del hecho o de su detección.

    En ella se deberá consignar la siguiente información:

    1. Identificación de la planta de biogás y antecedentes del propietario u operador.
    2. Información del accidente o incidente: descripción de los hechos, fecha, hora, lugar, personas afectadas y volumen involucrado, efectos del siniestro, duración, estimación de la detención de la operación, participación de terceros, entre otros.
    3. Identificación de organismos relacionados en el control del accidente o incidente: Centro asistencial u hospitalario, Carabineros de Chile, Compañía del Cuerpo de Bomberos de Chile, entre otros.
    4. Medidas de emergencia adoptadas.