PONE EN EJECUCIÓN ACUERDO DEL COMITÉ DE ASIGNACIÓN DE FONDOS -CAF Y MODIFICA RESOLUCIÓN (E) Nº 1.891, DE 2015, DEL GERENTE DE DESARROLLO COMPETITIVO, QUE APROBÓ EL REGLAMENTO DEL INSTRUMENTO "PROGRAMA DE APOYO A LA INVERSIÓN PRODUCTIVA PARA LA REACTIVACIÓN"
Núm. 204.- Santiago, 7 de febrero de 2017.
Visto:
1. La resolución (A) Nº 91, de 2015, entrega la facultad al Comité de Asignación de Fondos - CAF para aprobar la creación de los instrumentos de financiamiento, programas o concursos; establecer sus objetivos generales, montos y porcentajes máximos de cofinanciamiento, plazos máximos de ejecución, definición de potenciales beneficiarios y criterios de evaluación, así como la modificación de alguno de estos elementos, así como modificar las normas referentes a los beneficiarios, financiamiento y/o cofinanciamiento, transferencias a Agentes Operadores Intermediarios y/o Entidades Gestoras y la duración de las etapas de los instrumentos que componen el Sistema de Fomento a la Calidad y la Productividad, cuando algún sector económico, territorio, zona geográfica determinada o tipología de intervención así lo requiera.
2. La resolución (E) Nº 1.891, de 2015, del Gerente de Desarrollo Competitivo, que aprobó el Reglamento del instrumento "Programa de Apoyo a la Inversión Productiva para la Reactivación".
3. El acuerdo adoptado por el Comité de Asignación de Fondos - CAF, en su Sesión Nº 03-2017, celebrada con fecha 6 de febrero de 2017, que aprobó modificar el instrumento antes individualizado.
4. Lo dispuesto en el artículo 3° de la ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, en orden a que las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales se llevarán a efecto por medio de resoluciones de la autoridad ejecutiva correspondiente.
5. Las facultades que me confiere la resolución (A) Nº 91, de 2015, del Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, ya citada; la resolución (E) Nº 219, de 2015, modificada por las resoluciones (E) Nº 255, Nº 293 y Nº 300, todas de 2015 y Nº 19, de 2016, todas de Personal de Corfo, que me asignó funciones como Gerente de Desarrollo Competitivo, y lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón,
Resuelvo:
1º Ejecútase el Acuerdo del Comité de Asignación de Fondos - CAF, adoptado en la Sesión Nº 03-2017, celebrada el 6 de febrero de 2017, que aprobó modificar las normas del instrumento Programa de Apoyo a la Inversión Productiva para la Reactivación.
2º Modifícase la resolución (E) N° 1.891, de 2015, del Gerente de Desarrollo Competitivo, que aprobó el Reglamento del instrumento "Programa de Apoyo a la Inversión Productiva para la Reactivación", en los términos siguientes:
A.- Reemplázase el segundo y tercer párrafo de su numeral 3.2.1, denominado "Cofinanciamiento", por los siguientes, respectivamente:
"El subsidio consistirá en un cofinanciamiento de hasta $40.000.000.- (cuarenta millones de pesos) por proyecto de inversión.
El cofinanciamiento no podrá exceder el 50% del monto total de cada proyecto de inversión".
B.- Reemplázase letra a) del numeral 3.2.2, denominado "Criterios de Elegibilidad", por la siguiente:
"a) Nivel de ventas Empresas cuyas ventas netas anuales sean superiores a UF 10.000.- (diez mil unidades de fomento) y no excedan de UF 100.000.- (cien mil unidades de fomento)."
Anótese, comuníquese y publíquese.- Claudio Maggi Campos, Gerente de Desarrollo Competitivo.