EXTRACTO DE RESOLUCIÓN N° 3700 EXENTA, DE FECHA 23 DE NOVIEMBRE DE 2016
Por resolución exenta N° 3.700, de fecha 23 de noviembre del año 2016, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Valparaíso, dio inicio a un procedimiento sancionatorio en contra de la empresa constructora Santa Adriana S.A., RUT: 76.055.214-3, por una eventual infracción a lo dispuesto en artículo 11 del DS N° 63, de 1997, que aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Constructores de Viviendas Privadas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que señala a) Cuando se produzca atraso en el plazo establecido de término contractual en un porcentaje mayor a un 20% y hasta el 35%, se aplicará una sanción de suspensión del constructor por 6 meses; si el atraso es superior al 35% y hasta el 50%, la sanción será de 1 año; si el atraso es superior al 50%, el constructor será eliminado del Registro, b) El que paralice las obras sin causa justificada por el Serviu por un período superior a 15 días y hasta 29 días hábiles, será suspendido por 6 meses; si se paralizan por 30 días y hasta 59 días, o si reincide en la paralización de cualquier otra obra financiada con subsidios por un período superior a 15 días hábiles, será sancionado con la suspensión por 1 año; si la paralización es por 60 días hábiles o más, o si es una segunda reincidencia, el constructor será eliminado del Registro. Ello en atención a la situación que afectaría a 89 personas miembros del comité de vivienda "Futura Casa" de la ciudad de San Felipe. Se concede un plazo de 10 días hábiles a la empresa denunciada para efectuar sus descargos.-
Rodrigo Uribe Barahona, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo en la Región de Valparaíso.