MODIFICA RESOLUCIÓN AFECTA 593/2015 DE LA DIRECCIÓN DE SERVICIO
Núm. 5.- Viña del Mar, 13 de enero de 2017.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley N° 18.575 sobre Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado con fecha 17 de noviembre de 2001. El decreto con fuerza de ley N° 29/2005 del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo. La ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. La resolución Nº 1.600/2008 de Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. El decreto supremo Nº 38/2005 del Ministerio de Salud, publicado con fecha 29 de diciembre de 2005, que contiene el Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red. Las facultades que al suscrito otorgan el decreto con fuerza de ley Nº 1/2005 del Ministerio de Salud, publicado con fecha 24 de abril de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763/1979 del Ministerio de Salud y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469, conjuntamente con el decreto supremo N° 140/2005, y resolución afecta Nº 17, de 2016, de Minsal.
Considerando:
1. Que la delegación del ejercicio de facultades y atribuciones es una institución contemplada en la ley con el fin de permitir una gestión eficiente y eficaz de los órganos de la Administración del Estado, en virtud de la cual es posible delegar el ejercicio de las atribuciones y facultades propias de que se encuentra dotado, en razón de su cargo, al Jefe del Servicio, mecanismo que deberá efectuarse de forma parcial, sobre materias específicas y respecto a funcionarios de su dependencia.
2. La necesidad de mejorar la redacción de la actual resolución delegatoria, sustituyendo el inciso final del literal a) del numeral 1.2 de la resolución afecta 593/2015 de la Dirección de Servicio, publicada en el Diario Oficial de fecha 16 de septiembre de 2015.
3. La necesidad de excluir del actual régimen de delegación las resoluciones sobre aplicación de sanciones contractuales en el contexto de la ejecución de contratos de diseño y/o construcción de hospitales.
Resuelvo:
Uno.- Se sustituye el inciso final del literal a) del numeral 1.2, Sección I de la resolución afecta 593/2015 de la Dirección de Servicio, que actualmente dice "Incluye la facultad de aplicar multas, cobrar las garantías o terminar anticipadamente el contrato.", por el siguiente:
"Incluye la facultad de resolver en los procesos administrativos asociados a la aplicación de multas, cobro de garantías y término anticipado de contrato. Con todo, la facultad de resolver en los procesos administrativos asociados a la aplicación de multas, cobro de garantías y término anticipado de contrato respecto de los contratos de diseño y/o construcción de hospitales se excluye de esta delegación"
Anótese, publíquese y tómese razón.- Jorge Ramos Vargas, Director T y P Servicio de Salud Viña del Mar Quillota.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
CONTRALORÍA REGIONAL DE VALPARAÍSO
Unidad Jurídica
Cursa con alcances la resolución N° 5, de 2017, del Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota
N° 1.603.- Valparaíso, 6 de febrero de 2017.
Esta Contraloría Regional ha dado curso al documento del rubro, que modifica la resolución N° 593, de 2015, del Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota, la cual refunde y actualiza las delegaciones de facultades que indica, por cuanto se ajusta a derecho.
Sin perjuicio de lo anterior, es necesario hacer presente, por una parte, que en el acto en estudio se alude al numeral 1.2 de la citada resolución N° 593, en circunstancias que su correcta denominación es numeral I.2, y por otra, que la disposición que viene siendo alterada, anteriormente había sido modificada a través de la resolución N° 247, de 2016, de ese servicio, mención que se ha omitido incluir en el instrumento que ahora nos ocupa.
Con los alcances que anteceden, se ha dado curso a la resolución de la suma.
Saluda atentamente a Ud., Víctor Hugo Merino Rojas, Contralor Regional Valparaíso, Contraloría General de la República.
Al señor
Director del Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota
Viña del Mar.