MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE LOS MOLLES
    Santiago, 18 de enero de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 9.
    Vistos:
    a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
    b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
    c) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
    d) El decreto supremo N° 126, de 1997, modificado por decreto supremo N° 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
    e) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; y
    f) El decreto supremo N° 614, de 15.11.2000, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    Considerando:
    a) La solicitud de autorización previa para transferir la concesión, otorgada mediante decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, ingreso Subtel N° 62.241, de 13.05.2016;
    b) El Informe favorable de la Fiscalía Nacional Económica, notificado mediante ingreso Subtel N° 20.090, de 12.02.2016, de conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 38º de la ley N° 19.733, de 2001;
    c) La resolución exenta N° 1.881, de 17.08.2016, que autorizó previamente la transferencia;
    d) El instrumento público de fecha 28.09.2016, perfeccionada ante don Patricio Zaldívar Mackenna, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Octava Notaría de Santiago;
    e) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel N° 141.177, de 14.11.2016; y, en uso de mis atribuciones.
    Decreto:

    1. Modifícase la concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQB-279, para la localidad de Los Molles, V Región, cuyo titular es la sociedad Compañía Chilena de Comunicaciones S.A., RUT N° 94.795.000-2, según consta en el decreto supremo indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que el nuevo titular es la sociedad Sistema Cristiano de Radiodifusión Limitada, RUT Nº 78.408.780-8, con domicilio en Avenida Caupolicán N° 392, comuna de Los Vilos, IV Región.
    2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesora en la concesión.
    3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación al nuevo titular. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23 de la ley.
    4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.

    Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.