DISPONE EL CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN 1.540 (2004), APROBADA POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS, POR LA CUAL SE ESTABLECE QUE TODOS LOS ESTADOS DEBEN ABSTENERSE DE SUMINISTRAR CUALQUIER TIPO DE APOYO A LOS AGENTES NO ESTATALES QUE TRATEN DE DESARROLLAR, ADQUIRIR, FABRICAR, POSEER, TRANSPORTAR, TRANSFERIR O EMPLEAR ARMAS NUCLEARES, QUÍMICAS O BIOLÓGICAS Y SUS SISTEMAS VECTORES
Núm. 145.- Santiago, 30 de septiembre de 2016.
Vistos:
Los artículos 32 N° 15 y 54 N° 1, inciso cuarto, de la Constitución Política de la República, el artículo 25 de la Carta de las Naciones Unidas y la ley N° 18.158.
Considerando:
Que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó la resolución 1.540, de 5 de noviembre de 2004, por la cual se establece que todos los Estados deben abstenerse de suministrar cualquier tipo de apoyo a los agentes no estatales que traten de desarrollar, adquirir, fabricar, poseer, transportar, transferir o emplear armas nucleares, químicas o biológicas y sus sistemas vectores.
Decreto:
Artículo primero.- El Gobierno de la República de Chile dispone dar estricto y fiel cumplimiento a la resolución 1.540 (2004), aprobada por el Consejo de Seguridad de las Naciones unidas, por la cual se establece que todos los Estados deben abstenerse de suministrar cualquier tipo de apoyo a los agentes no estatales que traten de desarrollar, adquirir, fabricar, poseer, transportar, transferir o emplear armas nucleares, químicas o biológicas y sus sistemas vectores;
Artículo segundo.- A los efectos de lo dispuesto en el artículo primero, las autoridades y órganos del Estado velarán para que en el ámbito de sus atribuciones se dé cumplimiento a lo dispuesto en la citada resolución; cúmplase y publíquese de conformidad a la ley N° 18.158.
Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Heraldo Muñoz Valenzuela, Ministro de Relaciones Exteriores.- Mario Fernández Baeza, Ministro del Interior y Seguridad Pública.- José Antonio Gómez Urrutia, Ministro de Defensa Nacional.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Gustavo Ayares Ossandón, Embajador, Director General Administrativo.