Artículo 10.- Podrán Decreto 30,
RELACIONES EXTERIORES
Art. primero
D.O. 21.10.2020
acompañar al Embajador hasta dos funcionarios diplomáticos de la Misión, los que se trasladarán al Palacio de La Moneda en un automóvil proporcionado por la Embajada. En ese automóvil tomará asiento el personal de la Misión de acuerdo a sus categorías, acompañados por un funcionario de la Dirección General del Ceremonial y Protocolo, quien ocupará el asiento del fondo a la izquierda, teniendo a su derecha al funcionario extranjero de mayor categoría y adelante, el que le sigue en precedencia de la Misión.
    En el automóvil de Gobierno subirá primero el Embajador, quien ocupará el asiento del fondo a la derecha y a su izquierda, su cónyuge o acompañante oficial, o en su defecto, un funcionario de la Dirección General del Ceremonial y Protocolo y/o de otra Dirección del Ministerio de Relaciones Exteriores. En caso que el Embajador sea acompañado por su cónyuge o acompañante oficial, el Funcionario del Ministerio ocupará el asiento de adelante. Durante el trayecto, los automóviles serán acompañados por una escolta de motocicletas de Carabineros de Chile.