Artículo 21.- El Jefe de Misión comunicará por Nota Verbal a la Decreto 30,
RELACIONES EXTERIORES
Art. séptimo
D.O. 21.10.2020
Dirección General del Ceremonial y Protocolo:
    a) El nombramiento de los miembros del personal de la Misión Diplomática y Consular, su rango y nacionalidad, así como las fechas de su llegada y salida definitiva, o la terminación de sus funciones en la Misión.
    b) La llegada y salida definitiva de toda persona perteneciente a la familia de un miembro de la Misión.
    c) El cambio de categoría de cualquiera de los miembros del personal de la Misión.
    d) La llegada y salida definitiva de los empleados al servicio doméstico de los miembros de la Misión, o su contratación si se trata de nacionales chilenos o extranjeros residentes en el país, en cuyo caso se proporcionará copia del respectivo contrato de trabajo.