Artículo 58.- El Ministro de Relaciones Exteriores recibirá el saludo del Cuerpo Diplomático, en fecha que se comunicará oportunamente a través de una Nota Circular.
    En este acto, el Decreto 30,
RELACIONES EXTERIORES
Art. octavo
D.O. 21.10.2020
Director General del Ceremonial y Protocolo hará las presentaciones de estilo, de acuerdo con la precedencia de los Jefes de Misión.