Modifíquese la resolución exenta N° 6.659, de 2015, citada en la letra e) de los vistos, en el siguiente sentido:
1. Modifíquese el artículo 3°, inciso cuarto, en el siguiente sentido:
a. Elimínese, después de "30%", la expresión "de aumento".
b. Incorpórese a continuación de "factibilidad técnica" y antes del punto final (.), la expresión "y, ante una eventual disminución de la zona de servicio, a que no afecte a zonas pobladas".
2. Insértese en el Anexo, antes del punto final del primer inciso del numeral 2.1 y antes del punto final de la Nota 1 de la página 7/10, el texto ", encoder y multiplexor".