La presente Ley establece una Asignación de Fortalecimiento de Redes Asistenciales para el personal de plata y a contrata de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, para los estamentos profesionales, técnicos, administrativos y auxiliares, la que consta de un componente fijo y un componente proporcional, la que se pagará en forma mensual. El componente fijo inicialmente corresponderá a las siguientes sumas: - $50.000.- brutos mensuales, para técnicos, administrativos y auxiliares. - $25.000.- brutos mensuales, para profesionales. Por su parte, el componente proporcional inicialmente será: 5% para técnicos, administrativos y auxiliares 4% para profesionales hasta el grado 5° inclusive. A partir de Diciembre 2017 estos componentes de asignación se incrementarán.

    Artículo primero.- Los componentes de la asignación de fortalecimiento de redes asistenciales se sujetarán a la progresión que a continuación se indica para cada uno de los años y estamentos:
    a) Desde el primer día del mes siguiente a la fecha de publicación de esta ley y hasta el 30 de noviembre de 2017:
    i. Componente fijo:
    $50.000.- brutos mensuales para técnicos, administrativos y auxiliares.
    $25.000.- brutos mensuales para profesionales hasta el grado 5° inclusive.
    ii. Componente proporcional: 5% para técnicos, administrativos y auxiliares, y 4% para profesionales hasta el grado 5° inclusive.
    b) A contar del 1 de diciembre de 2017, para los estamentos de técnicos, administrativos y auxiliares:
    i. Componente fijo: $100.000.- brutos mensuales.
    ii. Componente proporcional: 10%.
    c) Desde el 1 de diciembre de 2017 y hasta el 30 de noviembre de 2018, para los profesionales hasta el grado 5° inclusive:
    i. Componente fijo: $30.000.- brutos mensuales.
    ii. Componente proporcional: 5%.
    d) A contar del 1 de diciembre de 2018, para los profesionales hasta el grado 5° inclusive:
    i. Componente fijo: $100.000.- brutos mensuales.
    ii. Componente proporcional: 10%.