La presente Ley establece una Asignación de Fortalecimiento de Redes Asistenciales para el personal de plata y a contrata de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, para los estamentos profesionales, técnicos, administrativos y auxiliares, la que consta de un componente fijo y un componente proporcional, la que se pagará en forma mensual. El componente fijo inicialmente corresponderá a las siguientes sumas: - $50.000.- brutos mensuales, para técnicos, administrativos y auxiliares. - $25.000.- brutos mensuales, para profesionales. Por su parte, el componente proporcional inicialmente será: 5% para técnicos, administrativos y auxiliares 4% para profesionales hasta el grado 5° inclusive. A partir de Diciembre 2017 estos componentes de asignación se incrementarán.

    Artículo segundo.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante su primer año presupuestario de vigencia se financiará con cargo a la partida presupuestaria del Ministerio de Salud. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiere financiar con esos recursos. Para los años siguientes se consultarán los recursos en la Ley de Presupuestos del Sector Público.".