APRUEBA POLÍTICA NACIONAL DE ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTE 2016-2025 Y CREA COMITÉ INTERMINISTERIAL DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE
Núm. 31.- Santiago, 21 de septiembre de 2016.
Vistos:
a) Los artículos 24 inciso primero y 32 N° 6 de la Constitución Política de la República de Chile;
b) Los artículos 3 inciso primero y 22 inciso segundo de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653 del año 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia;
c) El artículo 2 N° 1, de la ley N° 20.686, que crea el Ministerio del Deporte;
d) La ley N° 19.712, Ley del Deporte;
e) El documento "Política Nacional de Actividad Física y Deporte 2016-2025", elaborado por el Ministerio del Deporte;
f) La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y
Considerando:
1. Que, el Ministerio del Deporte es el órgano superior de colaboración del Presidente de la República en materia deportiva, que tiene dentro de sus funciones la de proponer la Política Nacional de Deporte, así como también, el promover la cultura deportiva en la población, formulando planes, programas y acciones destinados al desarrollo de la actividad física y deportiva, en coordinación con las organizaciones deportivas, las municipalidades y los demás organismos públicos y privados pertinentes, considerando las distintas perspectivas regionales y comunales en su implementación.
2. Que, el Ministerio del Deporte en el contexto del "Plan Ministerial de Actividad Física y Deporte, periodo 2014-2018", comprometió la formulación de una nueva Política Nacional de Actividad Física y Deporte, que actualice la vigente desde el año 2002.
3. Que, en noviembre de 2014, el Ministerio del Deporte definió y difundió la estrategia metodológica del proceso, caracterizado por relevar la participación ciudadana como el elemento esencial, y cuya materialización se tradujo en la ejecución de Diálogos Participativos con la ciudadanía, funcionarios, actores técnicos y políticos, en las 15 regiones del país y durante todo el año 2015.
4. Que, asimismo, se procedió a la conformación de Comités intersectoriales a nivel nacional y regional, denominados Comités Directivos y Técnicos, teniendo presente que el proceso de largo plazo contempla como productos: la Política Nacional de Actividad Física y Deporte, su respectivo Plan Estratégico Nacional, las 15 Políticas Regionales y sus Planes Estratégicos Regionales, con un horizonte de 10 años, además de la vinculación y asesoría a municipios para la formulación de sus Planes Comunales.
5. Que, el resultado final del proceso de elaboración de la nueva política, fue presentado a la Presidenta de la República por la Ministra del Deporte a través del documento denominado "Política Nacional de Actividad Física y Deporte 2016-2025".
Decreto:
Artículo primero: Apruébese la Política Nacional del Deporte, contenida en el documento denominado "Política Nacional de Actividad Física y Deporte 2016-2025", adjunto al presente decreto como un anexo del mismo y que se entiende formar parte de él. Sin perjuicio de lo anterior, el texto íntegro de la Política se encuentra a disposición de la ciudadanía en el sitio web institucional del Ministerio del Deporte.
Artículo segundo: El Ministerio del Deporte será el encargado de liderar y articular la implementación la Política Nacional de Actividad Física y Deporte, realizar su seguimiento e informar anualmente de sus avances al Consejo Nacional del Deporte y al Consejo de la Sociedad Civil del Ministerio del Deporte.
Artículo tercero: La nueva Política Nacional de Actividad Física y Deporte 2016-2025 tiene por finalidad promover el desarrollo integral, social e individual de la población, a través de la práctica sistemática de la actividad física y el deporte, en sus diversas modalidades y manifestaciones, durante todo el curso de vida, desde un enfoque de derecho que resguarde la equidad de género, la interculturalidad y la inclusión social en su sentido más amplio.
Artículo cuarto: Será competencia del Ministerio del Deporte articular y desarrollar un Sistema Nacional de Actividad Física y Deporte, vinculando las distintas acciones del conjunto de actores públicos y privados en el corto, mediano y largo plazo, proyectando estratégicamente el trabajo interministerial, intersectorial e interinstitucional a nivel nacional, regional y comunal.
Artículo quinto: Créase una Comisión Asesora Presidencial, denominada "Comité Interministerial de la Actividad Física y el Deporte", cuyo objeto será, sin perjuicio de las atribuciones del Ministerio del Deporte y supeditado a este, asesorar en la implementación de la Política Nacional de Actividad Física y Deporte, a través de la proposición de iniciativas orientadas a ampliar la participación de la población, promocionar valores y beneficios y fortalecer el desarrollo deportivo. Dicha Comisión será presidida por el Ministerio del Deporte, y estará constituida por el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Vivienda, el Ministerio de Desarrollo Social y el Ministerio del Trabajo y Previsión Social y sesionará al menos trimestralmente con la participación de los respectivos Ministros o representantes de los Ministerios señalados, pudiendo efectuar invitaciones a otros Servicios y reparticiones y participar en labores de colaboración en materias de evaluación y seguimiento de esta Política.
Anótese, tómese razón, notifíquese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Natalia Riffo Alonso, Ministra del Deporte.- Marcos Barraza Gómez, Ministro de Desarrollo Social.- Adriana Delpiano Puelma, Ministra de Educación.- Ximena Rincón González, Ministra del Trabajo y Previsión Social.- Carmen Castillo Taucher, Ministra de Salud.- Paulina Saball Astaburuaga, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Atentamente, Nicole Sáez Pañero, Subsecretaria del Deporte.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División Jurídica
Cursa con alcances el decreto supremo N° 31, de 2016, del Ministerio del Deporte
Nº 11.136.- Santiago, 3 de abril de 2017.
Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto del rubro, que "Aprueba Política Nacional de Actividad Física y Deporte 2016-2025 y crea Comité Interministerial de la Actividad Física y el Deporte", por cuanto se ajusta a derecho.
No obstante, cabe entender que el texto íntegro de la citada política nacional y que se pondrá a disposición de la ciudadanía en el respectivo sitio web, es aquel contenido en el documento adjunto como anexo al decreto de la especie, el que consta de 177 páginas.
Enseguida, en relación con las tareas que en el artículo quinto se asignan al indicado comité, en orden a "promocionar valores y beneficios y fortalecer el desarrollo deportivo", debe precisarse que cuando esa clase de labores implique el ejercicio de funciones ejecutivas, corresponderá realizarlas a los órganos públicos competentes, toda vez que las mismas son ajenas a la naturaleza consultiva de la comisión en referencia.
Además, cumple con hacer presente que en el artículo quinto debe decir "Ministerio de Vivienda y Urbanismo", y no como allí se señala.
De otro lado, debe agregarse que esa secretaría de Estado, en lo sucesivo, deberá inutilizar el reverso de las páginas de sus actos administrativos, con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, o bien imprimir tales documentos por ambos lados (aplica el dictamen N° 49.256, de 2016).
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo examinado.
Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República.
A la señora
Ministra del Deporte
Presente.