MODIFICA RESOLUCIONES Nº 1.474 EXENTA, DE 2016, Y Nº 271 EXENTA, DE 2017, DE LA SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES, EN LO CONCERNIENTE AL PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN DE LO AHÍ PREVISTO RESPECTO DE LA OBLIGATORIEDAD DE SOPORTAR SAE POR LOS EQUIPOS MÓVILES COMERCIALIZADOS EN EL PAÍS Y HABILITACIÓN DE LA SALA RESPECTIVA
Santiago, 10 de abril de 2017.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:
Núm. 634 exenta.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante también la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) El decreto supremo Nº 60, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Aprueba el Reglamento para la Interoperación y Difusión de la Mensajería de Alerta, Declaración y Resguardo de la Infraestructura Crítica de Telecomunicaciones e información sobre Fallas Significativas en los Sistemas de Telecomunicaciones;
d) El decreto supremo Nº 379, de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento que establece las Obligaciones para el Adecuado Funcionamiento del Sistema de Portabilidad de Números Telefónicos;
e) La resolución exenta Nº 3.261, de 2012, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija Norma Técnica para el Sistema de Alerta de Emergencias sobre las Redes de Servicio Público de Telefonía Móvil, modificada por las resoluciones exentas Nº 1.474 y Nº 271, de 2016 y 2017, respectivamente;
f) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; y,
Considerando:
a) Que, compete al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través de la Subsecretaría, la aplicación y control de la ley y sus reglamentos, la interpretación técnica de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen las telecomunicaciones, dictar las normas técnicas sobre las telecomunicaciones y controlar su cumplimiento, entre otros. Asimismo, le corresponde velar por la protección de los derechos de los usuarios de estos servicios, sin perjuicio de las acciones judiciales y administrativas a que éstos tengan derecho;
b) Que, resulta necesario extender el plazo para el cumplimiento de lo previsto en la disposición única transitoria de la resolución exenta Nº 1.474, de 2016, reemplazada en su oportunidad por el texto introducido por la resolución exenta Nº 271, de 2017, ambas citadas en el literal e) de los vistos, en el sentido de que el plazo ahí fijado para el 14 de abril del presente año lo será para la implementación por las concesionarias de servicio público telefónico móvil y/o de transmisión de datos móviles, del lugar físico compartido referido en el artículo 8º de la primera de ambas resoluciones y destinado a la denominada Homologación SAE, y que, consecuencialmente, el resto de las exigencias contempladas en la mentada normativa, serán exigibles a contar del 1º de julio de 2017; y en uso de mis facultades,
Resuelvo:
Artículo único.- Reemplácese el texto de la Disposición Única Transitoria de la resolución exenta Nº 1.474, de 2016, y sus modificaciones, por el siguiente:
"Las exigencias establecidas en la presente resolución comenzarán a regir el 1º de julio de 2017, considerando el procedimiento de homologación establecido en la resolución exenta Nº 1.463 de 2016.
Para efectos de lo anterior, la sala común o lugar físico destinado a la ejecución de la Homologación SAE, a cargo de las concesionarias de servicio público telefónico móvil y/o de transmisión de datos móviles, deberá estar en condiciones de ser utilizada para la ejecución de las pruebas correspondientes a más tardar el 14 de abril de 2017.
El sello previsto en el artículo 6º de la resolución exenta Nº 3.261 de 2012, permanecerá vigente, en caso de ser procedente de conformidad a la citada resolución, hasta la entrada en vigencia del sello definitivo establecido en la resolución exenta Nº 1.463.".
Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Rodrigo Ramírez Pino, Subsecretario de Telecomunicaciones.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Raúl Lazcano Moyano, Jefe División Política Regulatoria y Estudios.