MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA TRANSAM COMUNICACIONES S.A.
    Santiago, 19 de enero de 2017.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 76 exento.
    Vistos:
    a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) La resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) La resolución exenta Nº 4.902 de 2009, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el Servicio Intermedio de Telecomunicaciones que opera en la Banda de 900 MHz y sus modificaciones.
    f) Los decretos supremos Nº 339 de 2010 y Nº 112 de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron las concesiones, y sus modificaciones posteriores.
    Considerando:
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 89.095 de 13.07.2016.
    b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14°, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15° y 16° de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
    Decreto:
    Modifícanse las concesiones de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, otorgadas a la empresa Transam Comunicaciones S.A., RUT Nº 96.652.650-5, con domicilio en Avenida Costanera Sur Río Mapocho Nº 2760, Torre C Parque Titanium, piso 2, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
    1. Autorízase a la concesionaria para rectificar las coordenadas geográficas de la Estación Base que a continuación se indica:

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    2. La dirección, plazos y demás características técnicas, no consideradas en la presente modificación, permanecerán inalterables, de conformidad al decreto exento Nº 2.016 de 2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    3. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden de la Presidenta de la República, Andrés Gómez-Lobo Echenique, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Miranda Olivos, Jefe División Concesiones Subrogante.