MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 462 EXENTA, DE 2007, DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN METROPOLITANA EN EL SENTIDO QUE SE INDICA
Núm. 1.937 exenta.- Santiago, 27 de marzo de 2017.
Vistos:
La ley Nº 18.059; las resoluciones Nº 39, de 1992 y Nº 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 2, 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo Nº 83, de 1985, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; resolución exenta Nº 462, de 23 de febrero de 2007, de Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, que: "Establece en Vías de la Ciudad de Santiago Pistas de Uso Exclusivo para Vehículos que Indica"; carta Nº 900-17, de 3 de marzo de 2017, de Gerente de Infraestructura de Directorio de Transporte Público Metropolitano; Ord. Nº 285, de 2 de marzo de 2017, de Administrador Municipal de I. Municipalidad de Santiago y Ord. Nº 2000/216/2017, de 17 de febrero de 2017, de Dirección de Tránsito de Municipalidad de Estación Central; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
1.- Que, el numeral 35) del artículo 2 del citado DFL Nº 1, de 2007, establece que las pistas de uso exclusivo son espacios de la calzada, debidamente señalizados, destinados únicamente al uso de ciertos vehículos, determinados por la autoridad correspondiente.
2.- Que, mediante carta 900-17, de 3 de marzo de 2017, de Gerente de Infraestructura del Directorio de Transporte Público Metropolitano (DTPM), se adjunta Estudio Técnico que justifica la inclusión del eje Matucana, en tramos que indica, como pista de uso exclusivo de buses en comunas de Santiago y Estación Central, solicitando asimismo la modificación de la resolución exenta Nº 462, de 2007, citada en Vistos.
3.- Que conforme dicho Estudio constituye un eje vial relevante para servicios de transporte público urbano de pasajeros prestado mediante buses, atendida su continuidad y conectividad, el correspondiente a Matucana; el cual presenta alto nivel de congestión, ocasionando que la velocidad promedio de los servicios sea baja, por lo que resulta conveniente y necesario implementar medidas de gestión de tránsito que den prioridad a la circulación de buses urbanos en el mismo, con lo cual debieran disminuir los tiempos de viaje de los usuarios.
4.- Que los municipios de Santiago y Estación Central, mediante los Ords. Nº 285, de 2017, y Nº 2000/216/2017, ambos citados en el Visto, manifestaron, en general, no tener inconvenientes en la implementación de una nueva pista solo bus en calle Matucana.
5.- Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº 1, de 2007, citado en el Visto, para disponer la medida que se establece en el resuelvo del presente acto administrativo.
Resuelvo:
1. Modifícase la tabla contenida en el Resuelvo Nº 1, de la resolución exenta Nº 462, de 23 de febrero de 2007, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, agregándose al final, las siguientes filas:
. 2. La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Anótese y publíquese.- Matías Salazar Zegers, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana.